SCARCIA CONCEPCION c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema revocó la sentencia que había declarado la inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 18.037 en un reclamo de reajuste previsional promovido contra la ANSeS. El tribunal sostuvo que la declaración se había efectuado en abstracto, sin demostrarse un perjuicio concreto para la actora, conforme a la doctrina de Fallos: 326:216 (Panizza).
¿Quién es el actor?
Concepción Scarcia.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios de haberes previsionales, en cuyo marco se cuestionó el sistema de haberes máximos previsto por el art. 55 de la ley 18.037.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedente el recurso ordinario deducido por el organismo previsional y revocó la sentencia apelada, con el alcance que surge de las consideraciones del fallo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que contra la sentencia de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmó la de la instancia anterior que había declarado la inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 18.037, el organismo previsional dedujo recurso ordinario de apelación que fue concedido (art. 19, ley 24.463)."
"Que no surge de la presente causa el perjuicio concreto que la aplicación del sistema de haberes máximos previsto por el art. 55 de la ley 18.037 podría haberle ocasionado a la actora, por lo que la declaración de inconstitucionalidad de dicha norma ha sido efectuada en abstracto y debe ser revocada, de conformidad con la doctrina de Fallos: 326:216 ('Panizza')."
El fallo es unánime: no hay votos en disidencia.
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Normas que cita
- Ley 18.037art. 55 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
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