JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Y.P.F. S.A.(ASTRA C.A.P.S.A.) c/ PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE MENDOZA Y OTRO s/ACCION PROCESAL ADMINISTRATIVA

La Corte Suprema hizo lugar a la queja por denegación del recurso extraordinario interpuesto por YPF S.A. contra la sentencia de la Suprema Corte de Mendoza en el juicio que la enfrentó al Poder Ejecutivo provincial. Dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto, con la disidencia de la Dra. Argibay, que consideraba inadmisible el recurso.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Y. 11. XXXIX. RHE
Recurso extraordinario Recurso de hecho Queja Denegacion del recurso extraordinario Ypf s.a. Poder ejecutivo de la provincia de mendoza Sentencia dejada sin efecto Admisibilidad Inadmisibilidad Suprema corte de mendoza

¿Quién es el actor?

YPF S.A. (Astra C.A.P.S.A.)

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo de la Provincia de Mendoza

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de hecho deducido contra la denegación del recurso extraordinario federal interpuesto contra la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada, con costas. Se ordena que vuelvan los autos al tribunal de origen para que se dicte nuevo pronunciamiento. Se agrega la queja a los autos principales y se reintegra el depósito de fs. 371.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La mayoría remitió, por razones de brevedad, a los fundamentos del dictamen del Procurador Fiscal subrogante, que compartió. Por su parte, la disidencia de la Dra. Carmen M. Argibay sostuvo que el recurso extraordinario era inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), por lo que correspondía desestimar la queja y declarar perdido el depósito. Esta postura quedó en minoría y no constituye la decisión del tribunal.

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.