BANCO DE LA PROV. DE BUENOS AIRES c/ FALABELLA EMIGDIO RICARDO Y OTRO s/COBRO EJECUTIVO EMBARGO PREVENTIVO
La Corte Suprema declaró formalmente procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Banco de la Provincia de Buenos Aires y confirmó la sentencia de la Suprema Corte bonaerense, remitiéndose a precedentes análogos resueltos el 20 de marzo de 2007 (causa EMM S.R.L.). Las costas se impusieron por su orden.
¿Quién es el actor?
Banco de la Provincia de Buenos Aires.
¿A quién se demanda?
Emigdio Ricardo Falabella y otra persona (no identificada en el texto).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
No surge del texto de la sentencia.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, se declaró formalmente procedente el recurso extraordinario y se confirmó la sentencia recurrida. Costas por su orden (art. 68, segunda parte, CPCCN), en razón de las particularidades de la relación jurídica en debate.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte expresa que "las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas el 20 de marzo de 2007, en la causa E.68.XL. 'EMM S.R.L. c/ Tía S.A. s/ ordinario s/ incidente de medidas cautelares', sentencia a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad." El juez Petracchi se remite a su voto en la causa S.1401.XLII. "Scebba, Dora Lucía s/ sucesión ab intestato", fallada el 11 de julio de 2007. La jueza Highton de Nolasco se remite a su disidencia en el precedente "EMM S.R.L.".
Nota: el texto recibido no contiene los fundamentos propios de esta sentencia; la solución de fondo depende de los precedentes a los que remite.
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Normas que cita
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- EMM S.R.L. c/ Tía S.A. s/ ordinario s/ incidente de medidas cautelaresCSJN · 20/03/2007
- Scebba, Dora Lucía s/ sucesión ab intestatoCSJN · 11/07/2007
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