JurisprudenciaARG
Corte Suprema

O.S.U.O.M.R.A. OBRA SOCIAL DE LA UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA c/ TABOAS FERNANDO Y HECTOR O s/DEMANDA ORDINARIA

La Corte Suprema declaró formalmente procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Banco de la Nación Argentina y confirmó la sentencia de la Cámara Federal de Mendoza, remitiendo por brevedad a los fundamentos del precedente EMM S.R.L. c/ TIA S.A.. La decisión se adoptó por mayoría, con costas por su orden por las particularidades de la relación jurídica debatida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
O. 445. XLI. REX
Recurso extraordinario Remision a precedentes Medidas cautelares Demanda ordinaria Obra social Costas por su orden Art. 68 cpccn Camara federal de mendoza Banco de la nacion argentina.

¿Quién es el actor?

O.S.U.O.M.R.A. (Obra Social Unión del Personal Obrero Mendocino de Rural y Afines, según la carátula; el fallo no desarrolla los hechos).

¿A quién se demanda?

Fernando y Héctor O. (Taboas), en la demanda ordinaria.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

el texto no describe el reclamo; la sentencia se limita a remitir a precedentes.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró formalmente procedente el recurso extraordinario y se confirmó la sentencia apelada. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas el 20 de marzo de 2007, en la causa E.68.XL. 'EMM S.R.L. c/ TIA S.A. s/ ordinario s/ incidente de medidas cautelares', sentencia a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad." El Dr. Petracchi "se remite a su voto en la causa S.1401.XLII. 'Scebba, Dora Lucía s/ sucesión ab intestato', fallada el 11 de julio de 2007." La Dra. Highton de Nolasco "se remite a su disidencia en el mencionado precedente 'EMM S.R.L.'". Por la particularidad de la relación jurídica, las costas se impusieron por su orden (art. 68, segunda parte, CPCCN).

Normas que cita

  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • EMM S.R.L. c/ TIA S.A. s/ ordinario s/ incidente de medidas cautelaresCSJN · 20/03/2007
  • Scebba, Dora Lucía s/ sucesión ab intestatoCSJN · 11/07/2007

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