BUSSOLINI JUAN CARLOS Y OTROS c/ CAJA DE JUBILACIONES PENSIONES Y RETIROS DE CORDOBA s/PLENA JURISDICCION
Las actoras dedujeron recursos de hecho contra la denegación de recursos extraordinarios en reclamos contra la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba. La Corte Suprema rechazó las quejas por inadmisibles (art. 280 del CPCCN) y desestimó el planteo de inconstitucionalidad de dicho artículo, remitiéndose a lo resuelto en Fallos: 322:3217.
¿Quién es el actor?
Juan Carlos Bussolini y otros, y los demás actores de las causas acumuladas (Dhers, Humeres, Iturrez, López de Olmos, Loza Achával, Luna, Martínez Echenique, Martínez de Vigna, Posse Vallejos, Trigo y Vidal).
¿A quién se demanda?
Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
No surge del texto de la resolución, que se limita a los recursos de hecho.
¿Qué se resolvió?
Se rechazan las quejas y se desestima el planteo de inconstitucionalidad del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los recursos extraordinarios cuya denegación origina las presentes quejas, son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
"Que el planteo de inconstitucionalidad del citado art. 280 debe ser desestimado de acuerdo a lo expuesto por esta Corte en Fallos: 322:3217 (y voto concurrente del juez Vázquez), a cuyos fundamentos corresponde remitirse por razones de brevedad."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Fallos 322:3217CSJN
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.