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Corte Suprema

HERMIDA OMAR EDUARDO c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA -FFAA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Personal militar, retirado y en actividad, demandó al Estado Nacional por el carácter remunerativo y bonificable de los adicionales creados por los decretos 2000/91 y 628/92. La Corte Suprema confirmó las sentencias de la alzada que habían hecho lugar a los reclamos, remitiendo a sus precedentes de Fallos 322:1868 y 2398, sin hallar razones para apartarse de ellos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
H. 135. XXXVI. REX
Personal militar Fuerzas armadas Adicionales remunerativos Bonificable Decreto 2000/91 Decreto 628/92 Recurso extraordinario Remision a precedentes Haberes Fuerza aerea argentina

¿Quién es el actor?

personal militar retirado y en actividad (Omar Eduardo Hermida y otros actores en las causas acumuladas).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional, Ministerio de Defensa, Fuerzas Armadas y Fuerza Aérea Argentina, según cada causa.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de los adicionales creados por los decretos 2000/91 y 628/92.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró admisibles los recursos extraordinarios interpuestos por la demandada y confirmó las sentencias apeladas, que habían hecho lugar a las demandas. Costas por su orden. Se dispuso la comunicación a la Procuración del Tesoro conforme al art. 6° de la ley 25.344.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios de la recurrente no pueden ser atendidos ya que lo resuelto por la alzada remite a lo decidido por esta Corte en Fallos: 322:1868 y 2398, sin que se adviertan razones que justifiquen apartarse de dichos precedentes." La Corte remitió a sus precedentes y no formuló argumentación adicional en el pronunciamiento.

Normas que cita

  • Decreto 2000
  • Decreto 628
  • Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera

Fallos que cita

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