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Corte Suprema

SARNO EDMUNDO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema declaró desierto el recurso del actor en el juicio de reajuste por movilidad de un haber previsional promovido contra la ANSeS. Hizo lugar a los recursos del Ministerio Público y de la ANSeS, revocó la sentencia apelada y ordenó recalcular los haberes conforme al precedente Chocobar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 331. XXXVI. ROR
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes Anses Recurso ordinario Memorial Desierto Fallos 323:555 Precedente chocobar Haber previsional Costas

¿Quién es el actor?

Edmundo Sarno.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales por movilidad.

¿Qué se resolvió?

se declaró desierto el recurso ordinario del actor por no haber presentado el memorial exigido por el art. 280, segundo párrafo, del CPCCN; se declararon procedentes los recursos del Ministerio Público y de la ANSeS, se revocó la sentencia apelada en el alcance de los considerandos del precedente citado y se ordenó practicar el reajuste según "Chocobar, Sixto Celestino" (Fallos: 319:3241). Costas por su orden (art. 21, ley 24.463) y comunicación a la Procuración del Tesoro (art. 6°, ley 25.344).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"en razón de haberse notificado al actor de la providencia que ordenaba poner los autos en secretaría a los fines del artículo 280, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, no presentó el memorial exigido por dicha norma."

"la cuestión que se suscita en la presente causa, con relación a los recursos deducidos por el Ministerio Público y por la ANSeS, resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por el Tribunal en Fallos: 323:555, a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."

"El juez Belluscio se remite a su disidencia parcial en el citado precedente."

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
  • Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera
  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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