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Corte Suprema

ADELFANG PABLO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL - PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTRO s/ACCION DE AMPARO

El Estado Nacional dedujo recurso de hecho contra una medida cautelar de primera instancia y el pronunciamiento de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que la confirmó. La Corte Suprema declaró procedente la queja y el recurso extraordinario, por considerar que los agravios podían involucrar cuestiones federales, y dispuso la suspensión de los efectos de la medida cautelar y del pronunciamiento apelado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 1027. XXXVI. RHE
Recurso de queja Recurso extraordinario Cuestion federal Prima facie Medida cautelar Suspension de efectos Procedencia formal Estado nacional Camara nacional de apelaciones del trabajo Poder ejecutivo nacional

¿Quién es el actor?

Pablo Adelfang y otros.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Poder Ejecutivo Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

No surge del texto de la sentencia (sólo se identifica la causa y la medida cautelar dictada el 1° de agosto de 2000 por el juez de primera instancia).

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró procedente la queja y el recurso extraordinario, con el alcance indicado, y dispuso la suspensión de los efectos de la medida cautelar del 1° de agosto de 2000 y del pronunciamiento de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo del 30 de agosto del mismo año. Ordenó agregar la queja al principal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

> "Que atento a que los argumentos aducidos en el recurso extraordinario y mantenidos en esta presentación directa pueden, prima facie, involucrar cuestiones de orden federal, debe declararse procedente la queja y decretarse la suspensión del curso del proceso, sin que esto implique pronunciamiento sobre el fondo del recurso (Fallos: 295:658; 297:558; 308:249 y 317:1447, entre otros)."

> "Por ello, con el alcance indicado, se declara procedente el recurso extraordinario y se dispone la suspensión de los efectos de la medida cautelar dictada el 1° de agosto de 2000 por el juez de primera instancia y del pronunciamiento de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, del 30 de agosto del mismo año."

Se trata de una decisión de trámite: la Corte no se pronuncia sobre el fondo de la cuestión, sólo admite que existe cuestión federal en apariencia y suspende los efectos de lo resuelto por las instancias inferiores.

Normas que cita

  • Ley 1

Fallos que cita

  • Fallos 295:658CSJN
  • Fallos 297:558CSJN
  • Fallos 308:249CSJN
  • Fallos 317:1447CSJN

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