AGUIRRE JUAN JOSE EDMUNDO c/ ESTADO NACIONAL-MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Corte Suprema confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda de personal militar, retirado y en actividad, y reconoció el carácter remunerativo y bonificable de los adicionales creados por los decretos 2000/91 y 628/92. El tribunal rechazó los agravios del Estado Nacional por remitir a los precedentes de Fallos 322:1868 y 322:2398, sin advertir razones para apartarse de ellos.
¿Quién es el actor?
personal militar, retirado y en actividad (Juan José Edmundo Aguirre y otros; Guillermo Mario Urquiza).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional - Ministerio de Defensa.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo sobre personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, referido al carácter de los adicionales creados por los decretos 2000/91 y 628/92.
¿Qué se resolvió?
se declaran admisibles los recursos extraordinarios interpuestos por la demandada y se confirman las sentencias apeladas. Se decide el carácter remunerativo y bonificable de los adicionales de los decretos 2000/91 y 628/92. Costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios de la recurrente no pueden ser atendidos ya que lo resuelto por la alzada remite a lo decidido por esta Corte en Fallos: 322:1868 y 2398, sin que se adviertan razones que justifiquen apartarse de dichos precedentes."
Además, el fallo dispone: "Practíquese la comunicación a la Procuración del Tesoro a los fines del art. 6° de la ley 25.344."
La sentencia es breve y no contiene desarrollo argumental propio más allá de la remisión a los precedentes citados.
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Normas que cita
- Decreto 2000
- Decreto 628
- Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera
Fallos que cita
- Fallos 322:1868CSJN
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