GRIMALDI DE GONZALEZ ADELA JUANA c/ ANSES s/MEDIDAS CAUTELARES
El organismo previsional cuestionó la facultad revocatoria de la administración y la aplicación del art. 786 del Código Civil en una medida cautelar a favor de la actora. La Corte Suprema declaró procedente el recurso y confirmó la sentencia apelada, remitiendo a sus precedentes Rossello (Fallos: 326:3679) y Buenavida.
¿Quién es el actor?
Adela Juana Grimaldi de González.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
medida cautelar en materia previsional.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedente el recurso ordinario interpuesto por el organismo y confirmó la sentencia apelada, con el alcance que surge de las causas citadas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios del organismo previsional vinculados con la facultad revocatoria de la administración y con la aplicación al caso del art. 786 del Código Civil, encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por este Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 326:3679 ('Rossello') y en la causa B.699.XLI. 'Buenavida, Julia c/ ANSeS s/ prestaciones varias', fallada el 29 de noviembre de 2005, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, corresponde remitir por razón de brevedad."
Se trata de un fallo unánime; no hay votos en disidencia.
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Normas que cita
- CCivart. 786
- Ley 340
Fallos que cita
- RosselloCSJN · Fallos 326:3679
- Buenavida, Julia c/ ANSeS s/ prestaciones variasCSJN · 29/11/2005
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