JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ROLDAN ERGASTO PEDRO c/ MINISTERIO DE DEFENSA-ESTADO NACIONAL- s/COBRO DE PESOS

Los actores reclamaron el cómputo como remunerativas y bonificables de asignaciones creadas por los decretos 2000/91, 628/92 y 2769/93 en sus haberes. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios de la demandada y confirmó las sentencias apeladas, remitiendo a sus precedentes de Fallos 322:1868 y 2398, y precisó que el decreto 1569/91 no fue objeto de la demanda.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 66. XXXVII. REX
Asignaciones no remunerativas Caracter remunerativo y bonificable Decreto 2000/91 Decreto 628/92 Decreto 2769/93 Compensacion por inestabilidad de residencia Recurso extraordinario Fuerzas armadas Haberes Ley 25.344

¿Quién es el actor?

Pedro Ergasto Roldán y otros actores (causas acumuladas, más de cien).

¿A quién se demanda?

Ministerio de Defensa - Estado Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de pesos; reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de asignaciones creadas por los decretos 2000/91 y 628/92 (y de ítems creados o modificados por el decreto 2769/93), con su incorporación a los haberes.

¿Qué se resolvió?

la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario había confirmado en parte las sentencias de primera instancia y revocado respecto de los ítems del decreto 2769/93. La Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios de la demandada y, con el alcance indicado en los precedentes citados, confirmó las sentencias apeladas. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios de la demandada respecto de los rubros liquidados bajo los códigos 62 y 63, denominados compensación por inestabilidad de residencia y asignación no remunerativa ni bonificable, remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por este Tribunal en Fallos: 322:1868 y 2398, a cuyas consideraciones corresponde remitir por razón de brevedad."

"...se ha confundido a la 'compensación por inestabilidad de residencia' creada por el decreto 2000/91, con la denominada 'compensación por gastos de racionamiento' estatuida por el decreto 1569/91, toda vez que los reclamos de los actores respecto del ítem liquidado como código 62 consigna como fecha de comienzo del crédito a la de promulgación del decreto 2000/91, octubre de 1991, y no se advierte que en las demandas se haya planteado el carácter remunerativo y bonificable del decreto 1569/91."

Se dispuso practicar comunicación a la Procuración del Tesoro a los fines del art. 6° de la ley 25.344.

Normas que cita

  • Decreto 2000
  • Decreto 628
  • Decreto 2769
  • Decreto 1569
  • Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera

Fallos que cita

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