CHIERICHETTI NOEMI ANGELICA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La Corte Suprema confirmó parcialmente la sentencia que ordenó el recálculo del haber inicial y el reajuste de la prestación de una jubilada contra la ANSeS, y devolvió los autos para que el tribunal de origen se pronuncie sobre una cuestión omitida. La mayoría remitió al precedente Tejedor sobre la limitación del período de reajuste por prescripción y rechazó la aplicación de la doctrina de Chocobar por no existir argumentos nuevos que justifiquen un cambio de criterio.
¿Quién es el actor?
Noemí Angélica Chierichetti.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste por movilidad de la prestación previsional, con recálculo del haber inicial.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, la Corte declaró admisible el recurso ordinario y confirmó parcialmente la sentencia apelada; ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que se expida sobre la cuestión omitida; las costas se impusieron por su orden (art. 21, ley 24.463) y se ordenó comunicar a la Procuración del Tesoro (art. 6°, ley 25.344).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los agravios de la actora referentes a la limitación del período sujeto al reajuste con el plazo de prescripción previsto en el art. 82 de la ley 18.037 han sido examinados y resueltos por el Tribunal en la causa T.183.XXXIV 'Tejedor, Pablo Baldomero c/ Administración Nacional de la Seguridad Social', fallada con fecha 20 de febrero de 2001 a cuyos argumentos, en lo pertinente, cabe remitir por razón de brevedad."
"La apelante, además, objeta la aplicación en el sub examine de la doctrina sentada por este Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 319:3241 (causa 'Chocobar'), aspecto que ya ha sido examinado por la alzada y cuya solución concuerda con la doctrina de esta Corte en materia de reajustes, sin agregar nuevos argumentos que justifiquen un cambio de criterio, por lo que sus agravios resultan una mera discrepancia con el pronunciamiento apelado."
¿Cómo votaron los jueces?
los jueces Fayt, Belluscio y Petracchi se remitieron a sus disidencias en la causa "Chocobar" (Fallos: 319:3241), por lo que no adhirieron a la aplicación de esa doctrina en este caso.
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Normas que cita
- Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463arts. 19, 21 · Solidaridad previsional
- Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera
Fallos que cita
- Tejedor, Pablo Baldomero c/ ANSeSCSJN · 20/02/2001
- ChocobarCSJN · Fallos 319:3241
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