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Corte Suprema

ZAFFINO ROSA CONCEPCION Y OTRO c/ MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La Corte Suprema hizo lugar a la queja por denegación del recurso extraordinario deducido por la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires contra la sentencia que rechazó la prescripción opuesta a la demanda por daños derivados de la cercanía de un inmueble a una autopista. El tribunal dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo resuelto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Z. 40. XXXIV. RHE
Prescripcion Danos y perjuicios Autopista Recurso extraordinario Recurso de queja Admisibilidad Art. 280 cpccn Responsabilidad estatal Municipalidad de la ciudad de buenos aires Deposito art. 286 cpccn

¿Quién es el actor?

Rosa Concepción Zaffino y otro.

¿A quién se demanda?

Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por daños y perjuicios derivados de la cercanía del inmueble de los demandantes con la autopista.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se hizo lugar a la queja, se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada en los términos del considerando 1°, devolviendo los autos para un nuevo pronunciamiento. Se eximió a la recurrente del depósito del art. 286 del CPCCN.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios referentes al rechazo de la prescripción opuesta a la pretensión de indemnización por los alegados daños y perjuicios derivados de la cercanía del inmueble de los demandantes con la autopista han sido examinados en el dictamen que antecede, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir en razón de brevedad." "Que en lo que concierne a los restantes agravios, el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

¿Cómo votaron los jueces?

consideraron el recurso extraordinario inadmisible por aplicación del art. 280 del CPCCN y votaron por desestimar la queja.

Normas que cita

  • CPCCNarts. 280, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Acordada 47/91

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