CANNETIELLO HORTENSIA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y revocó parcialmente las sentencias apeladas en los reajustes por movilidad de los haberes previsionales, con el alcance fijado en el precedente Heit Rupp, Clementina, remitiéndose a los fundamentos de Fallos 319:3241, 322:2226 y 323:555. Las costas se impusieron por su orden.
¿Quién es el actor?
Hortensia Cannetiello y otros (el conjunto de actores de las causas acumuladas, jubilados y pensionados).
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social) y, en algunas causas, la Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles o la Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de haberes previsionales por movilidad, cuestionando el método y la extensión de la movilidad y la validez constitucional de diversas normas de la ley 24.463.
¿Qué se resolvió?
declarar procedentes los recursos ordinarios deducidos y revocar parcialmente las sentencias apeladas, con el alcance que surge del fallo "Heit Rupp, Clementina". Costas por su orden (art. 21 de la ley 24.463). Se ordenó comunicar a la Procuración del Tesoro a los fines del art. 6° de la ley 25.344.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los planteos de los actores relacionados con el método y extensión de la movilidad y con la validez constitucional de diversas normas de la ley 24.463 encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por mayoría del Tribunal en los precedentes publicados en Fallos: 319:3241; 322:2226; 323:555 y en las causas D.79.XXXIV. 'Di Nápoli, Concepción c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes varios' y L.334.XXXIV. 'Lopardo, Carmelo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', falladas con fecha 22 de diciembre de 1998 y 27 de noviembre de 2000, respectivamente, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitir."
"Que los agravios esgrimidos por la ANSeS resultan sustancialmente análogos a los examinados y resueltos por esta Corte en Fallos: 322:2226, voto de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano, López y Vázquez, a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."
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Normas que cita
- Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
- Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera
Fallos que cita
- Heit Rupp, ClementinaCSJN
- Di Nápoli, Concepción c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes variosCSJN · 22/12/1998 · Fallos 322:2226
- Lopardo, Carmelo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 27/11/2000
- Fallos 319:3241CSJN
- Fallos 322:2226CSJN
- Fallos 323:555CSJN
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