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Corte Suprema

MONTENEGRO JORGE OMAR c/ ANSES s/JUBILACION POR INVALIDEZ

La ANSeS dedujo recurso ordinario contra la sentencia que le ordenó otorgar a Jorge Omar Montenegro la jubilación por invalidez, cuestionando únicamente el grado de incapacidad. La Corte Suprema confirmó el fallo, al considerar que los agravios sobre los demás requisitos eran extemporáneos por no haber sido planteados en la primera instancia ni en la alzada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 1133. XL. ROR
Jubilacion por invalidez Seguridad social Recurso ordinario Porcentaje de incapacidad Cuerpo medico forense Agravios extemporaneos Congruencia recursiva Anses Ley 24.463 Reflexion tardia

¿Quién es el actor?

Jorge Omar Montenegro.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

jubilación por invalidez.

¿Qué se resolvió?

se confirma la sentencia apelada que había admitido la demanda y ordenado a la ANSeS otorgar el beneficio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que tales agravios son improcedentes pues resultan el fruto de una reflexión tardía. En efecto, el beneficio fue otorgado por el juez de primera instancia y la ANSeS sólo objetó ante la alzada el grado de invalidez, lo cual torna improcedente la objeción formulada en esta instancia."

"Que para decidir de esa manera, la alzada circunscribió su competencia revisora al tema del porcentaje de incapacidad del actor, única cuestión apelada por la demandada que fue sometida al conocimiento del tribunal que, al respecto, consideró que la impugnación del informe del Cuerpo Médico Forense traducía una mera discrepancia, sin argumentos científicos aptos para desvirtuarlo."

"Que las objeciones de la demandada se refieren a un supuesto exceso jurisdiccional al otorgar la jubilación por invalidez, ya que aduce que no han verificado los restantes requisitos legales para acceder a dicha prestación, por lo que solicita la revocación del fallo con ese alcance."

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