JurisprudenciaARG
Corte Suprema

BRIOZZO ROBERTO MARIO c/ s/AMPARO

La Corte Suprema admitió la queja interpuesta por el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados contra la sentencia que había anulado la disposición que dio de baja a un prestador médico por falta de garantía del derecho de defensa. La Corte revocó la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento, remitiéndose a los fundamentos del precedente Fallos: 312:234.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 446. XXXVI. RHE
Amparo Prestador medico Baja de prestador Derecho de defensa Debido proceso Procedimiento administrativo Ley 19.549 Inssjp Recurso extraordinario Queja

Actor (recurrente en la instancia de amparo): Roberto Mario Briozzo, prestador médico.

¿A quién se demanda?

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

amparo contra la disposición 2178/98 del instituto, que dispuso dar de baja al actor como prestador médico.

¿Qué se resolvió?

la Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, que confirmaba la nulidad de la disposición. Ordenó nuevo pronunciamiento conforme a lo expuesto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Para así decidir y tras convalidar lo dicho por el juez de la instancia anterior -quien consideró que, en el caso, no se cumplieron las exigencias impuestas en la ley 19.549-, señaló que el demandado no había garantizado con amplitud el derecho de defensa del actor, mediante un procedimiento eficaz e imparcial con la posibilidad de acceder a las vías recursivas apropiadas."

"Que los agravios del recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en el precedente de Fallos: 312:234, a cuyas consideraciones corresponde remitir por razones de brevedad."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Fallos 312:234CSJN

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.