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Corte Suprema

LA AGRARIA S.A. c/ FISCO NACIONAL (D.G.I.) s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La Corte Suprema revocó la sentencia que había ordenado la entrega de bonos correspondientes a un crédito fiscal reconocido por la D.G.I. y rechazó la demanda de La Agraria S.A., por considerar aplicable a dicho crédito el art. 30 de la ley 24.463. Boggiano votó en disidencia para confirmar la sentencia apelada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 313. XXXV. REX
Credito fiscal Bonos Ley 24.463 Ley 24.073 Retroactividad de la ley Recurso extraordinario D.g.i. Derecho adquirido Resolucion 18/95 Costas por su orden

¿Quién es el actor?

La Agraria S.A.

¿A quién se demanda?

Fisco Nacional (D.G.I.)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

entrega de los bonos correspondientes al crédito fiscal conformado por la resolución (D.G.I.) 18/95.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se revocó la sentencia apelada y se rechazó la demanda; las costas de todas las instancias se impusieron por su orden en atención a lo complejo y novedoso de la cuestión.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Cámara (sentencia recurrida): "juzgó que las disposiciones de la ley 24.463 (art. 30) resultaban inaplicables a dicho crédito", y que "la resolución 18/95 de la D.G.I., en cuanto admitió el crédito fiscal de la actora, importó el reconocimiento del derecho que ésta ya había adquirido e incorporado a su patrimonio al haber satisfecho todos los requisitos de forma y de fondo que establecía el régimen jurídico aplicable (ley 24.073)".

Corte (voto de la mayoría): "resulta aplicable la doctrina expuesta en la causa B.620.XXXIII. Banco de Mendoza S.A. c/ Dirección General Impositiva s/ Dirección General Impositiva, sentencia del 8 de mayo de 2001, a cuyos fundamentos cabe remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

sostuvo que "la cuestión debatida en autos resulta sustancialmente análoga a la considerada en la sentencia dictada el 8 de mayo de 2001 en la causa B.620.XXXIII", y votó por confirmar la sentencia apelada.

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 30 · Solidaridad previsional
  • Ley 24.073Impuestos
  • Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera
  • CPCCNarts. 68, 279 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Resolución 18/95

Fallos que cita

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