JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ASCUA ROGELIO ERNESTO Y OTRA c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL s/SUMARISIMO

El Estado Nacional interpuso recurso extraordinario contra la sentencia que había hecho lugar al reclamo de los actores en un proceso sumarísimo contra el P.E.N. La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedente el recurso, revocó la sentencia apelada y rechazó la demanda, aplicando el criterio fijado en el precedente Galli.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 1844. XLI. REX
Recurso extraordinario Estado nacional Proceso sumarisimo Criterio galli Revocacion Rechazo de demanda Costas por su orden Cuestion juridica novedosa Fundamentacion autonoma Ley 48

¿Quién es el actor?

Rogelio Ernesto Ascua y otra.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (Estado Nacional).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo en proceso sumarísimo (la sentencia no detalla la pretensión concreta en el texto disponible).

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró procedente el recurso extraordinario, se revocó la sentencia apelada y se rechazó la demanda, con costas por su orden por tratarse de una cuestión jurídica novedosa. La disidencia de la Dra. Argibay desestimó el recurso por falta de fundamentación autónoma.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el tribunal sostuvo que "resulta aplicable en el sub examine el criterio establecido por el Tribunal al decidir la causa 'Galli' (Fallos: 328:690), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad". La mayoría no desarrolla fundamentos propios.

¿Cómo votaron los jueces?

la Dra. Carmen M. Argibay consideró que "el recurso extraordinario no cumple con el requisito de fundamentación autónoma (art. 15 de la ley 48)" y por ello lo desestimó.

Normas que cita

  • Ley 48arts. 15, 16 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • GalliCSJN · Fallos 328:690

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