OLACIREGUI JORGE ALEJANDRO c/ FARIAS NELLY Y OTRAS s/EJECUCION HIPOTECARIA
La Corte Suprema declaró procedente la queja y revocó la sentencia de la Cámara que había declarado desierta la apelación de los ejecutados en un juicio hipotecario, habilitando así la revisión de la pesificación y de la refinanciación hipotecaria. Asimismo, rechazó el planteo de inaplicabilidad de la ley 26.167 por tratarse de cuestiones ajenas a su competencia en esta instancia.
¿Quién es el actor?
Jorge Alejandro Olaciregui.
¿A quién se demanda?
Nelly Alicia Farías, Alicia González y Noemí Beatriz González (ejecutados).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución hipotecaria de un mutuo para vivienda, en el marco de la normativa de emergencia económica (pesificación) y del régimen de refinanciación hipotecaria.
¿Qué se resolvió?
Se declaró procedente la queja, formalmente admisible el recurso extraordinario y se revocó el fallo apelado. Se rechazó el planteo de inaplicabilidad de la ley 26.167 por resultar extraño a la competencia del Tribunal en esta instancia. Las costas de la ejecución se distribuyen según el art. 558 del CPCCN, y las de los incidentes constitucionales y de esta instancia se imponen en el orden causado. Se devuelven los autos al tribunal de origen para cumplir el trámite previsto por la ley 26.167.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que contra el pronunciamiento de la Sala H de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil que declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por los ejecutados respecto de la sentencia de primera instancia que había declarado inconstitucionales las normas sobre pesificación, inaplicables las disposiciones legales sobre refinanciación hipotecaria y ordenado que el monto adeudado se convirtiese a razón de un dólar igual a $ 2,35, los vencidos dedujeron el remedio federal que, denegado, dio origen a la presente queja." "Que, sin perjuicio de ello, razones de economía procesal imponen evitar el inútil dispendio jurisdiccional que importaría remitir las actuaciones para que se dictase un nuevo pronunciamiento, motivo por el cual corresponde que este Tribunal decida acerca de la totalidad de las cuestiones planteadas." "Que, en consecuencia, las impugnaciones efectuadas resultan sustancialmente análogas a las resueltas en la causa R.320.XLII 'Rinaldi, Francisco Augusto y otro c/ Guzmán Toledo, Ronal Constante y otra s/ ejecución hipotecaria', con fecha 15 de marzo de 2007, votos concurrentes, cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad."
No hay votos en disidencia.
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Normas que cita
- Ley 26.167Emergencia publica
- CPCCNart. 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Rinaldi, Francisco Augusto y otro c/ Guzmán Toledo, Ronal Constante y otra s/ ejecución hipotecariaCSJN · 15/03/2007
- Lado Domínguez, Ramón Alberto c/ Delriso, RubénCSJN · 20/06/2007
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