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Corte Suprema

HERRERO PATRICIA CELINA Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE ECONOMIA - BANCO DE LA PROVINCIA DE CORDOBA - Y OTRO s/AMPARO

Los recursos de hecho deducidos por el Banco de la Ciudad de Buenos Aires en distintas causas civiles fueron declarados procedentes por la Corte Suprema, que remitió a los fundamentos de precedentes sustancialmente análogos y confirmó las sentencias recurridas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
H. 51. XLI. RHE
Recurso de hecho Queja Recurso extraordinario Remision a precedentes Medidas cautelares Costas por su orden Art. 68 cpccn Art. 286 cpccn Sucesion ab intestato Administracion general de puertos

Actor (quién demanda): Juan Benedicto Heredia y otros actores en causas análogas (entre ellos Gladys Susana Carrera, Caja de Subsidios Familiares para el Personal de la Industria, Diana Beatriz Cremonesi de D'Angelo, Zulma Adelaida Duarte Rivas, Fundación Vivienda y Trabajo para el lisiado vitra, Raúl Antonio Fernández, Norma Beatriz Genes de Ayala, Raquel Noemí Gazzanego, Ramón Paulo González, Miguel Antonio Herrera, Juan Eduardo Sampallo, Patricia Mirta Zaleski y otros).

¿A quién se demanda?

Administración General de Puertos y otros demandados en cada una de las causas (Compañía de Transporte Río de La Plata S.A., Bridas S.A. Petrolera, Compañía General de Combustibles S.A., Elizondo Nicolás Rolando, Sánchez María Celeste, Manliba S.A., S.A. de Exportaciones Sud Americanas CIF SADESA, Ediciones Cisplatina S.A., Consorcio de Propietarios del Edificio Figueroa Alcorta 3548, Consorcio de Propietarios del Edificio calle Soler 3668, Vaccaro Ángel Leandro, Bibring Saúl y otros).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

no surge del texto de la sentencia, que se limita a los recursos de hecho y a su resolución.

¿Qué se resolvió?

se hace lugar a las quejas, se declaran formalmente procedentes los recursos extraordinarios y se confirman las sentencias recurridas. Costas por su orden (art. 68, segunda parte, CPCCN). Reintegro de los depósitos del art. 286 CPCCN. Devolución de las actuaciones al tribunal de origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa E.68.XL AEMM S.R.L. c/ TIA S.A. s/ ordinario s/ incidente de medidas cautelares, sentencia del 20 de marzo de 2007, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

"El juez Petracchi se remite a su voto en la causa S.1401.XLII 'Scebba, Dora Lucía s/ sucesión ab intestato', fallada el 11 de julio de 2007."

"Los precedentes a los que se remite se encuentran publicados en la página web de la Corte."

Normas que cita

  • CPCCNarts. 68, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • AEMM S.R.L. c/ TIA S.A. s/ ordinario s/ incidente de medidas cautelaresCSJN · 20/03/2007
  • Scebba, Dora Lucía s/ sucesión ab intestatoCSJN · 11/07/2007

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