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Corte Suprema

CASTILLO TEOFILO MARCELINO c/ ANSES s/JUBILACION POR INVALIDEZ

La Corte Suprema declaró desierto el recurso ordinario interpuesto por el actor en un reclamo de jubilación por invalidez contra la ANSeS. La mayoría de la Corte entendió que la impugnación era genérica y no constituía una crítica concreta y razonada de los fundamentos del fallo apelado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1867. XL. ROR
Jubilacion por invalidez Recurso ordinario Desercion recursiva Critica concreta y razonada Anses Cuerpo medico forense Ley 18.037 Articulo 33 Incapacidad previsional Seguridad social

¿Quién es el actor?

Teófilo Marcelino Castillo.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

jubilación por invalidez, con fundamento en el artículo 33 de la ley 18.037.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró desierto el recurso ordinario interpuesto por el actor. Por tratarse de un recurso ordinario que la Corte declara desierto, la decisión que queda firme es la de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que había revocado la sentencia de primera instancia que favorecía al actor y había denegado el beneficio. La sentencia de primera instancia había hecho lugar al reclamo; la alzada lo rechazó. En consecuencia, en cuanto a la pretensión del actor, el resultado de la primera instancia fue favorable al reclamo (SE HACE LUGAR) y el recurso de la parte actora fue desestimado por insuficiencia recursiva.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Tales objeciones genéricamente planteadas no constituyen una crítica concreta y razonada de los fundamentos del fallo apelado, pues no controvierten las motivaciones principales de la sentencia, basadas en las consideraciones médico legales desarrolladas en los dictámenes del Cuerpo Médico Forense, las cuales fueron ratificadas, como así también el 50% de invalidez calculado a la fecha del cese de tareas del actor, en el nuevo informe emitido por un profesional de dicho organismo, cuya intervención fue solicitada por esta Corte como medida para mejor proveer."

"En razón de la insuficiencia recursiva señalada, corresponde declarar la deserción del remedio intentado."

El memorial del actor "se limita a calificar de 'mecánica' la interpretación que efectuó la alzada de la ley aplicable al sub lite".

¿Cómo votaron los jueces?

la Corte se pronunció en una sentencia previa del mismo expediente (fallo con votos en disidencia de Lorenzetti, Highton de Nolasco y Argibay) que había declarado procedente el recurso ordinario y reconocido el derecho del actor a la jubilación por invalidez, sosteniendo que la exigencia del 66% de minusvalía no debe aplicarse de manera rigurosa. Esa postura quedó en minoría en el pronunciamiento de la sentencia aquí analizada, que es la que prevalece en la parte resolutiva final de esta resolución.

Normas que cita

  • Ley 18.037art. 33 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Constitución Nacional

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