FERNANDEZ MARIA ISABEL c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La parte actora reclamó el reajuste de su haber previsional por movilidad y el método de cálculo del haber inicial posterior a la ley 23.928. La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario, revocó parcialmente la sentencia apelada y ordenó aplicar el precedente Baudou en la determinación del haber inicial.
¿Quién es el actor?
María Isabel Fernández.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes por movilidad del haber previsional, con cuestionamiento del método de cálculo del haber inicial posterior a la entrada en vigencia de la ley 23.928, y planteos de validez constitucional de diversas normas de la ley 24.463.
¿Qué se resolvió?
se declaró procedente el recurso ordinario, se revocó parcialmente la sentencia apelada y se ordenó que en la determinación del haber inicial se aplique el precedente "Baudou". Costas por su orden (art. 21 de la ley 24.463). Se dispuso comunicar a la Procuración del Tesoro a los fines del art. 6° de la ley 25.344.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios de la apelante referentes al método de cálculo del haber inicial para el período posterior a la entrada en vigencia de la ley 23.928, resultan sustancialmente análogos a los examinados y resueltos en la aclaratoria del fallo B.688.XXVIII. 'Baudou, Osvaldo Jorge c/ INPS - Caja Nac. de Prev. de la Industria, Comercio y Actividades Civiles' del 31 de agosto de 1999, a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."
"Que los restantes planteos de los actores referentes a la validez constitucional de diversas normas de la ley 24.463, encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por mayoría del Tribunal en los precedentes publicados en Fallos: 319:3241; 322:2226; 323:555 y en las causas D.79.XXXIV. 'Napoli, Concepción c/ INPS...' y L.334.XXXIV. 'Lopardo, Carmelo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', falladas con fecha 22 de diciembre de 1998 y 27 de noviembre de 2000, respectivamente, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitir."
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Normas que cita
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
- Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera
Fallos que cita
- Baudou, Osvaldo Jorge c/ INPS - Caja Nac. de Prev. de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 31/08/1999
- Napoli, Concepción c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes variosCSJN · 22/12/1998
- Lopardo, Carmelo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 27/11/2000
- Fallos 319:3241CSJN
- Fallos 322:2226CSJN
- Fallos 323:555CSJN
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