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Corte Suprema

TOLEDO ANTONIA c/ E.N. - P.E.N. - M.E.N. - B.C.R.A. - BCO. RIO DE LA PLATA S.A. (SUC. 964) s/AMPARO

Los actores, ahorristas con depósitos bancarios en dólares, promovieron amparos contra el Estado Nacional y entidades bancarias por la conversión a pesos dispuesta por el Decreto 1570/01 y la Ley 25.561. La Corte Suprema dejó sin efecto las sentencias apeladas y reconoció a los actores el derecho a obtener el reintegro de sus depósitos a razón de $1,40 por dólar, ajustado por CER e intereses del 4% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 539. XLIII. REX
Amparo Corralito bancario Depositos en dolares Conversion a pesos Decreto 1570/01 Ley 25.561 Pesificacion Cer Equiparacion Reintegro de depositos

¿Quién es el actor?

Toledo Antonia y otros (más de un centenar de causas acumuladas, todas por ahorristas con depósitos en dólares).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (PEN, MEN, BCRA) y entidades bancarias (entre ellas Banco Río, Banco Nación, Nuevo Banco de Santa Fe, Galicia, BBVA Francés, Lloyds Bank, entre otras).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de restitución de depósitos en dólares convertidos a pesos en virtud del Decreto 1570/01, Decreto 214/02 y Ley 25.561, con la correspondiente pretensión de equiparación del valor.

¿Qué se resolvió?

Se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se dejaron sin efecto las sentencias apeladas. Sin perjuicio de ello, se declaró el derecho de los actores a obtener de la entidad bancaria el reintegro de su depósito convertido en pesos a la relación de $1,40 por cada dólar estadounidense, ajustado por CER hasta el momento del pago, más intereses al 4% anual no capitalizable, con deducción de pagos a cuenta. Ese reconocimiento queda sujeto al límite pecuniario de lo decidido por la cámara y excluye los casos en que la obligación se extinguió por canje por bonos del Estado o aplicación del importe a fines específicos. Costas de esta instancia en el orden causado; las de las instancias anteriores se mantienen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Los autos remiten a los fundamentos y conclusiones del precedente "Massa, Juan Agustín c/ PEN - dto. 1570/01 s/ amparo" (CSJN, 27/12/2006), por ser las cuestiones sustancialmente análogas. El juez Fayt se remite además a su voto en "Piriz, María Marcela" (06/03/2007). Por la remisión a "Kujarchuk" (28/08/2007) se aplica la forma de imputación de pagos a cuenta. Se señala la "excepcional situación suscitada en esta clase de causas" para justificar la distribución de costas y la devolución directa de las actuaciones a primera instancia, dado que el texto del precedente está publicado en la web del Tribunal.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Massa, Juan Agustín c/ PEN - dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986CSJN · 27/12/2006
  • Piriz, María Marcela c/ P.E.N. - ley 25.561 dtos. 1570/01, 214/02 s/ amparo ley 16.986CSJN · 06/03/2007
  • Kujarchuk, Pablo Felipe c/ PEN Ley 25.561 dtos. 1570/01 214/02 s/ amparo ley 16.986CSJN · 28/08/2007

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