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Corte Suprema

MIGNONE EMILIO FERMIN c/ s/PROMUEVE ACCION DE AMPARO

El Centro de Estudios Legales y Sociales interpuso recurso de queja contra la denegatoria del recurso extraordinario deducido contra la sentencia de la Cámara Nacional Electoral que admitió un amparo y declaró la inconstitucionalidad del art. 3°, inc. d, del Código Electoral Nacional, que excluye del padrón a los detenidos sin condena firme. La Procuración General consideró que la impugnación remite al análisis de normas federales y que corresponde pronunciarse sobre el fondo del planteo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 1491. XXXVI. RHE
Derecho de sufragio Padron electoral Personas detenidas Codigo electoral nacional Amparo Recurso de queja Recurso extraordinario Arbitrariedad Inconstitucionalidad Convencion americana sobre derechos humanos

¿Quién es el actor?

Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), en el marco del amparo promovido por Emilio Fermín Mignone.

¿A quién se demanda?

Estado nacional / autoridades electorales competentes (la sentencia recurrida fue dictada por la Cámara Nacional Electoral).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

garantizar el derecho de sufragio de personas detenidas por orden de juez competente, cuestionando la exclusión del padrón electoral prevista en el art. 3°, inc. d, del Código Electoral Nacional.

¿Qué se resolvió?

la Cámara Nacional Electoral admitió el amparo y declaró la inconstitucionalidad de la norma citada. El recurso extraordinario fue denegado en cuanto a la tacha de arbitrariedad, y la presente queja es el medio para llegar a la Corte. El dictamen de la Procuración General sostiene que el planteo remite a normas federales (arts. 18 y 37 CN y tratados internacionales con jerarquía constitucional, en especial la Convención Americana sobre Derechos Humanos), por lo que corresponde tratar el recurso en cuanto a la inteligencia de esas normas, sin pronunciarse sobre la arbitrariedad alegada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En tales condiciones, estimo que resulta innecesario pronunciarme acerca de la aducida tacha de arbitrariedad, toda vez que los agravios que, a través de ella, se pretenden someter a consideración de V.E., ya fueron examinados en mi dictamen de la fecha, emitido en los autos principales."

"Así, es aplicable al sub lite, la jurisprudencia de V.E. en el sentido que, aun cuando el impugnante afirme que ataca la sentencia que recurre por estimarla arbitraria, si lo realmente impugnado es la inteligencia dada a normas de carácter federal, resulta procedente el recurso extraordinario deducido en ese aspecto (conf. doctrina de Fallos: 312:303; 315:1922 y 318:817, entre otros)."

"En esta queja, se cuestiona el art. 3°, inc. d, del Código Electoral Nacional, en cuanto excluye del padrón electoral y, en consecuencia, del derecho a votar a 'los detenidos por orden de juez competente mientras no recuperen su libertad', por ser violatorio de la Constitución Nacional (arts. 18 y 37) y de distintos tratados internacionales de rasgo constitucional."

Normas que cita

  • Constitución Nacionalarts. 18, 37

Fallos que cita

  • Mignone, Emilio Fermín s/ promueve acción de amparoCSJN · Fallos 312:303
  • Mignone, Emilio Fermín s/ promueve acción de amparoCSJN · Fallos 315:1922
  • Mignone, Emilio Fermín s/ promueve acción de amparoCSJN · Fallos 318:817

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