D'ALESSANDRO MONICA BEATRIZ Y OTRO c/ VALDEZ DIONICIO ALBERTO Y OTRO s/EJECUCION ESPECIAL LEY 24441
La Corte Suprema admitió formalmente el recurso extraordinario de los ejecutados y revocó lo resuelto sobre el modo de calcular el monto de la ejecución especial de la ley 24.441. Rechazó, en cambio, el planteo de inconstitucionalidad de la ley 26.167 formulado por el ejecutante.
Actor (ejecutantes): Mónica Beatriz D'Alessandro y Fernando Gabriel D'Alessandro.
Demandados (ejecutados): Dionicio Alberto Valdez y Karina Fernanda Giraudo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
ejecución especial de la ley 24.441 (crédito hipotecario sobre inmueble que constituye vivienda familiar).
¿Qué se resolvió?
se admitió formalmente el recurso extraordinario de los ejecutados y se revocó el fallo apelado en cuanto al modo de calcular el monto por el que progresa la ejecución; se rechazó el planteo de inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la ley 26.167 formulado por los ejecutantes; costas de la ejecución a cargo de los ejecutados (art. 558 CPCCN), salvo las de los incidentes de validez constitucional de las normas de emergencia, impuestas en el orden causado; se devolvieron los autos al tribunal de origen para cumplir con el trámite de la ley 26.167.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa L.839.XLII 'Lama, Enrique Gustavo Tadeo c/ Giménez, Alejandro Rumildo y otra', fallada el 6 de noviembre de 2007, cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad."
"Que no obsta a la decisión adoptada el planteo de inaplicabilidad de la ley 26.167 efectuado por los ejecutantes con fundamento en que los ejecutados habitan otro inmueble, pues ello se encuentra motivado por las tareas de 'encargado de edificio' que desarrolla uno de ellos, aparte de que el art. 1 de la citada norma no exige que se trate de una vivienda de ocupación permanente y el carácter de 'vivienda familiar' no se pierde por el hecho de que se encuentre ocupado por la madre de uno de los deudores, habida cuenta del sentido amplio que debe darse al término 'familia' y a la pauta interpretativa establecida en el art. 15 de la citada norma."
Nota: el fallo no contiene voto en disidencia.
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Normas que cita
- Ley 24.441Vivienda y construccion
- Ley 26.167arts. 1, 15 · Emergencia publica
- CPCCNart. 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Lama, Enrique Gustavo Tadeo c/ Giménez, Alejandro Rumildo y otraCSJN · 06/11/2007
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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