JurisprudenciaARG
Corte Suprema

LONGO BARBARA TERESA c/ FELDER BONDAR CARLOS LEON s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario del ejecutado y revocó la sentencia de la Cámara que había ejecutado un pagaré en dólares. Aplicando el principio del esfuerzo compartido, condenó al deudor a pagar en pesos con un ajuste del 50% de la brecha cambiaria más intereses del 7,5% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 1194. XLI. RHE
Pesificacion Emergencia economica Ley 25.561 Principio del esfuerzo compartido Obligaciones en moneda extranjera Ejecucion de pagare Recurso extraordinario Art. 16 ley 48 Cer Intereses moratorios y punitorios.

Actor (acreedora ejecutante): Bárbara Teresa Longo.

Demandado (ejecutado): Carlos León Felder Bondar, representado por el Dr. Reynaldo Samuel Gini.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución de un capital reclamado en moneda extranjera (dólares estadounidenses) derivado de un título ejecutivo, en el marco de la emergencia económica y la pesificación dispuesta por la ley 25.561 y normas complementarias.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, revocó el fallo apelado y, en uso de las facultades del art. 16, segundo párrafo, de la ley 48, condenó al demandado a pagar la suma resultante de convertir el capital a pesos a razón de un peso por dólar, más el 50% de la brecha con la cotización del mercado libre de cambio (tipo vendedor) al día del pago, salvo que el CER arroje un resultado superior, con más una tasa de interés del 7,5% anual no capitalizable, desde la mora hasta el pago. Las costas de la ejecución se imponen según el art. 558 CPCCN; las de los incidentes sobre la constitucionalidad de las normas de emergencia, en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el fallo remite, por razones de brevedad, a los fundamentos de la causa L.971.XL "Longobardi, Irene Gwendoline y otros c/ Instituto de Educación Integral San Patricio S.R.L." (sentencia del 18 de diciembre de 2007), cuyos votos concurrentes se dan por reproducidos. Los jueces Lorenzetti, Fayt y Argibay se remiten a sus disidencias en aquella causa. La solución adoptada es la aplicación del "principio del esfuerzo compartido" entre acreedor y deudor para distribuir el impacto de la pesificación y la devaluación. (Nota: el texto de la sentencia no transcribe los considerandos de fondo; sólo contiene la remisión y la parte dispositiva.)

Normas que cita

  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional
  • CPCCNart. 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 25.561

Fallos que cita

  • Longobardi, Irene Gwendoline y otros c/ Instituto de Educación Integral San Patricio S.R.L.CSJN · 18/12/2007

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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