JurisprudenciaARG
Corte Suprema

FEDERACION DE ENTIDADES MUTUALISTAS BRIGADIER ESTANISLAO LOPEZ Y OTRA c/ BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA s/ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedente el recurso extraordinario en la causa iniciada por la Federación de Entidades Mutualistas contra el Banco Central de la República Argentina y revocó la decisión apelada, remitiéndose a los fundamentos del dictamen del Procurador Fiscal. Los Dres. Belluscio y Boggiano votaron en disidencia y declararon improcedente el recurso por no dirigirse contra una sentencia definitiva.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 558. XXXV. REX
Recurso extraordinario Accion declarativa de inconstitucionalidad Banco central de la republica argentina Mutualismo Sentencia definitiva Articulo 14 ley 48 Remision al dictamen del procurador fiscal Revocacion Federacion de entidades mutualistas

¿Quién es el actor?

Federación de Entidades Mutualistas Brigadier Estanislao López y otra.

¿A quién se demanda?

Banco Central de la República Argentina.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción declarativa de inconstitucionalidad.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró procedente el recurso extraordinario y se revocó la decisión apelada, con costas. La solución se fundó en el dictamen del Procurador Fiscal, al que la Corte remitió "por razones de brevedad", por considerar que los agravios del apelante fueron adecuadamente tratados allí.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios del apelante han sido objeto de adecuado tratamiento en el dictamen del señor Procurador Fiscal, cuyos fundamentos esta Corte comparte y a los cuales se remite por razones de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que el recurso extraordinario, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48)." Por ello propusieron declarar improcedente el recurso.

Normas que cita

  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional

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