AUNOR S.A. c/ MUNICIPALIDAD DE SALTA s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA - MED. CAUTELAR
Aunor S.A. promovió acción meramente declarativa contra la Municipalidad de Salta para que cese la incertidumbre sobre el cobro de una tasa por ejercicio de actividades diversas en una ruta nacional. La Procuración General dictaminó que corresponde hacer lugar al recurso extraordinario y revocar la decisión de la Cámara Federal que había declarado la incompetencia federal.
¿Quién es el actor?
Aunor S.A.
¿A quién se demanda?
Municipalidad de Salta
¿Cuál es el objeto del reclamo?
obtener que cese el estado de incertidumbre por el cobro municipal de una "tasa por ejercicio de actividades diversas", en tanto el municipio carecería de potestad para gravar una actividad alcanzada por normas federales (ley 17.520, decreto-ley 505/58, decretos 635/97 y 87/01).
¿Qué se resolvió?
declaró la incompetencia de la justicia federal, por considerar que la cuestión era de hecho y prueba vinculada a normas locales.
Dictamen de la Procuración: el recurso extraordinario es admisible en tanto la denegación del fuero federal equipara la resolución a sentencia definitiva (Fallos: 326:4352; 327:4650). En cuanto al fondo, la pretensión exige determinar si el ejercicio de potestades tributarias municipales invade competencias nacionales, lo que torna aplicable el art. 2°, inc. 1°, de la ley 48 y la competencia federal. Se agrega que la interferencia con un servicio público interprovincial prestado por concesionaria nacional, en una ruta nacional (N° 9), refuerza esa solución.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...la pretensión de la empresa actora consiste en obtener que cese el estado de incertidumbre en que se encuentra respecto de la imposición, por parte de la Municipalidad de Salta, de una 'tasa por ejercicio de actividades diversas', en tanto entiende que el municipio no tiene potestad para imponer tributos locales sobre una actividad que se encuentra alcanzada por normas de carácter federal..."; "...la causa se encuentra entre las especialmente regidas por la Constitución Nacional, a las que alude el art. 2°, inc. 1°), de la ley 48...".
Nota: se trata de un dictamen no vinculante; la decisión final corresponde a la Corte Suprema.
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Normas que cita
- Ley 17.520
- Decreto-ley 505/58
- Decreto 635/97
- Decreto 87/01
- Constitución Nacionalart. 75 incs. 13 y 18
- Ley 48art. 2 inc. 1 · Justicia nacional
- CPCCNart. 4 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Fallos 326:4352CSJN
- Fallos 327:4650CSJN
- Fallos 328:3700CSJN
- Fallos 329:985CSJN
- Petrobras Energía c/ Municipalidad Gral. Belgrano s/ acción declarativaCSJN · 03/05/2007
- Perales Aguiar SA c/ Municipalidad de Trelew s/ medida cautelar de no innovar26/11/2007 · Fallos 314:508
- Perales Aguiar SA c/ Municipalidad de Trelew s/ medida cautelar de no innovar26/11/2007 · Fallos 315:1479
- Perales Aguiar SA c/ Municipalidad de Trelew s/ medida cautelar de no innovar26/11/2007 · Fallos 322:2624
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