VEIGA JOSE FILIMBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social que había confirmado la imposición de costas a la ANSeS en un reajuste por movilidad. Sostuvo que el art. 21 de la ley 24.463 establece que en todos los casos las costas serán por su orden, incluso en decisiones interlocutorias no referidas al fondo.
¿Quién es el actor?
José Filimberto Veiga.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes por movilidad jubilatoria.
¿Qué se resolvió?
la Corte revocó la sentencia recurrida y dispuso que las costas se impongan por su orden, con comunicación a la Procuración del Tesoro conforme al art. 6° de la ley 25.344.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"la amplitud de los términos del art. 21 de la ley 24.463, que prevé que 'en todos los casos las costas serán por su orden', permite afirmar que no ha sido la voluntad del legislador exceptuar del principio referido a las decisiones interlocutorias dictadas en el marco del nuevo procedimiento previsto por la ley 24.463, por el hecho de que ellas no se refieran a la cuestión de fondo planteada en la causa."
"la disposición aludida debe ser interpretada en el sentido amplio que resulta de sus términos, pues cuando se ha querido establecer una excepción se lo ha hecho de modo expreso (Fallos: 320:2783, entre otros)".
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Normas que cita
- Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
- Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Fallos 320:2783CSJN
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