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Corte Suprema

SALA ALICIA RAQUEL c/ PEN Y OTROS s/AMPARO

Los ahorristas promovieron amparos contra el Estado Nacional y el Banco Suquía por la pesificación de sus depósitos en dólares dispuesta por el Decreto 1570/01 y la Ley 25.561. La Corte Suprema dejó sin efecto las sentencias apeladas y reconoció a los actores el derecho a recuperar sus depósitos a $1,40 por dólar, ajustados por CER más intereses del 4% anual, remitiendo a los fundamentos del precedente Massa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 67. XLIV. REX
Pesificacion Depositos en dolares Decreto 1570/01 Ley 25.561 Amparo Cer Recurso extraordinario Corralito bancario Reintegro de depositos Intereses 4% anual

¿Quién es el actor?

Alicia Raquel Sala y otros ahorristas (causas acumuladas, entre ellas Amezaga Diamante Progreso, Aloisi, Argañaraz, Aguiar, Alejandre, Bianchi Rochaix, Bullorini, Cot, Ceh, Costa y otras).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (Estado Nacional) y, en varias causas, entidades bancarias (Banco Suquía S.A., Banco HSBC, Banco Francés, Scotiabank Quilmes, Banca Nazionale del Lavoro, entre otros).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de amparo contra la conversión a pesos de depósitos en dólares dispuesta por el Decreto 1570/01, la Ley 25.561 y el Decreto 214/02, y contra los efectos de esa conversión sobre los depósitos bancarios.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto las sentencias apeladas. Reconoció el derecho de los actores a obtener el reintegro de su depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses del 4% anual no capitalizable, con deducción de los pagos a cuenta realizados por la entidad, incluidos los efectos de medidas cautelares, con exclusión de los supuestos de canje por bonos o aplicación del importe a fines específicos. Las costas de esta instancia se distribuyeron en el orden causado; las de instancias anteriores se mantuvieron. Se ordenó devolver las actuaciones a primera instancia para la notificación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa M.2771.XLI. 'Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional - dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986', sentencia del 27 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad."

"En lo atinente a las costas de esta instancia se distribuyen en el orden causado en atención a los fundamentos de la presente (art. 68, segunda parte, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). En lo atinente a las irrogadas en las anteriores instancias, en virtud de la excepcional situación suscitada en esta clase de causas, se mantiene lo dispuesto sobre el punto por el tribunal a quo."

"...encontrándose publicado el texto del precedente al que se remite en la página web del Tribunal, procédase sin más trámite a devolver las actuaciones directamente a los respectivos juzgados de primera instancia..."

La sentencia no contiene fundamentos propios sino que remite al precedente "Massa" y al caso "Kujarchuk" (sentencia del 28 de agosto de 2007) para el cálculo de pagos a cuenta.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional - dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986CSJN · 27/12/2006
  • Kujarchuk, Pablo Felipe c/ PEN Ley 25.561 dtos. 1570/01 214/02 s/ amparo ley 16.986CSJN · 28/08/2007

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