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Corte Suprema

MARTIN MARINA c/ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 214/02 s/AMPARO LEY 16986

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios de numerosos amparos contra el corralón bancario y dejó sin efecto las sentencias que lo habían rechazado. Reconoció a los ahorristas el derecho a recuperar sus depósitos en dólares convertidos a $1,40 por dólar, ajustados por CER más intereses del 4% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 215. XLIV. REX
Pesificacion asimetrica Corralon bancario Depositos en dolares Ley 25.561 Decreto 1570/01 Decreto 214/02 Cer Amparo Recurso extraordinario Reintegro de depositos

¿Quién es el actor?

los titulares de depósitos bancarios en dólares, individualmente demandantes en las numerosas causas acumuladas (entre ellos, Martín Marina).

¿A quién se demanda?

el Poder Ejecutivo Nacional y la entidad bancaria depositaria.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

la restitución de depósitos en dólares, la inconstitucionalidad de la Ley 25.561 y los decretos 1570/01 y 214/02 que dispusieron la pesificación asimétrica, y el reintegro de lo depositado en pesos con actualización.

¿Qué se resolvió?

se remite a los fundamentos de la causa "Massa" (CSJN, 27/12/2006) y al voto de Fayt en "Piriz". Se dejan sin efecto las sentencias apeladas y se declara el derecho de los actores a obtener el reintegro del depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable. Se descuentan los pagos efectuados por el banco durante el pleito y las entregas en cumplimiento de cautelares. Quedan excluidos los casos en que la obligación se extinguió por canje por bonos o por aplicación del dinero a fines previstos normativamente (cancelación de deudas, compra de inmuebles o automotores). Costas de esta instancia en el orden causado; las anteriores se mantienen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa M.2771.XLI. 'Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional - dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986', sentencia del 27 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad."

"El juez Fayt se remite asimismo a las consideraciones efectuadas en su voto emitido en la causa P.914.XLII 'Piriz, María Marcela c/ P.E.N. - ley 25.561 dtos. 1570/01, 214/02 s/ amparo ley 16.986', fallada el 6 de marzo de 2007."

"...en virtud de la excepcional situación suscitada en esta clase de causas, se mantiene lo dispuesto sobre el punto por el tribunal a quo."

Se ordenó devolver las actuaciones directamente a los juzgados de primera instancia para notificar la sentencia, por tratarse de un precedente ya publicado en la web del Tribunal.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Massa, Juan Agustín c/ PEN dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986CSJN · 27/12/2006
  • Piriz, María Marcela c/ PEN ley 25.561 dtos. 1570/01, 214/02 s/ amparo ley 16.986CSJN · 06/03/2007
  • Kujarchuk, Pablo Felipe c/ PEN ley 25.561 dtos. 1570/01, 214/02 s/ amparo ley 16.986CSJN · 28/08/2007

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