FONDO INDEMNIZATORIO Y DE CREDITO PARA LA VIVIENDA c/ INSTITUTO NACIONAL DE OBRAS SOCIALES s/REPETICION
La Corte Suprema hizo lugar a la queja y a los recursos extraordinarios interpuestos por la actora, por remisión a los fundamentos de Fallos 322:2835. Dejó sin efecto la sentencia de fs. 716, integrada por la de fs. 725, y ordenó dictar un nuevo fallo ajustado a lo resuelto.
¿Quién es el actor?
Fondo Indemnizatorio y de Crédito para la Vivienda (recurrente).
¿A quién se demanda?
Instituto Nacional de Obras Sociales.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Causa identificada en la carátula; el texto no detalla la pretensión.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la queja y a los recursos extraordinarios, se deja sin efecto el pronunciamiento de fs. 716 (integrado por fs. 725) y se devuelven los autos al tribunal de origen para que dicte nuevo fallo. Costas por el orden causado en la instancia extraordinaria (con costas, según el texto). Se ordena reintegrar el depósito de fs. 1 y, antes de devolver el expediente, practicar la comunicación del art. 6° de la ley 25.344.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en Fallos: 322:2835, a cuyos fundamentos y conclusiones -en lo pertinente- corresponde remitir en razón de brevedad."
El fallo se fundamenta por remisión a precedente, sin desarrollo argumental propio. No contiene votos en disidencia.
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Normas que cita
- Acordada 34art. 3° (anexo)
- Ley 25.344art. 6° · Emergencia economica-financiera
Fallos que cita
- Fallos 322:2835CSJN
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