MASTROBERARDINO JOSE c/ INPS-CAJA NACIONAL DE PREVISION PARA EL PER- SONAL DEL ESTADO Y SERVICIOS PUBLICOS s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La actora promovió demanda contra el INPS - Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos por reajustes de su haber previsional por movilidad. La Corte Suprema admitió el recurso ordinario de la actora, declaró desierto el de la ANSeS y confirmó la sentencia que ordenó recalcular el haber inicial y fijó las pautas de movilidad.
¿Quién es el actor?
José Mastroberardino.
¿A quién se demanda?
INPS - Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos (y, en el recurso, la ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes por movilidad del haber jubilatorio.
¿Qué se resolvió?
admitir el recurso ordinario de la actora, declarar desierto el recurso de la ANSeS y confirmar la sentencia apelada, que había ordenado recalcular el haber inicial, delimitado los períodos sujetos a reajustes y fijado las pautas de movilidad. Costas en el orden causado (art. 21 de la ley 24.463). Se ordenó comunicar a la Procuración del Tesoro a los fines del art. 6° de la ley 25.344.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 2°: "Que los agravios del actor relacionados con la subsistencia del método de movilidad de la ley vigente al cese de servicios, resultan sustancialmente análogos a los examinados por el Tribunal en los precedentes N.4.XXVI y N.6.XXVI 'Narvay, Telma c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles' y B.496.XXIV 'Bos, Delia Emma c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos', fallados el 29 de febrero de 2000, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitir." Se consigna que el juez Belluscio se remite a su disidencia en los citados precedentes.
Considerando 3°: "Que los agravios vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la Ley de Solidaridad Previsional han sido resueltos por esta Corte en contra de sus pretensiones en la causa A.20.XXXVI 'Arena, Alfredo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 9 de agosto de 2001, cuyos fundamentos se dan por reproducidos."
Considerando 4°: "Que los cuestionamientos esgrimidos por la ANSeS resultan sustancialmente análogos a los examinados y resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 19, 21 · Solidaridad previsional
- Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera
Fallos que cita
- Narvay, Telma c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 29/02/2000
- Bos, Delia Emma c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · 29/02/2000
- Arena, Alfredo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 09/08/2001
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