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Corte Suprema

FIORI DE GUADAGNO MARIA CRISTINA c/ KRULS ALCIRA JULIA s/CONSIGNACION

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Civil que había rechazado la consignación de la deuda en dólares convertidos a un tipo de cambio fijado por los deudores. El Tribunal aplicó la doctrina de la causa Lama y entendió que resolver de otro modo importaría una reformatio in pejus.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 1269. XLII. REX
Consignacion judicial Obligacion en moneda extranjera Conversion a pesos Esfuerzo compartido Brecha cambiaria Reformatio in pejus Recurso extraordinario Precedente lama Costas en el orden causado Emergencia economica

Actor/Quien demanda: María Cristina Fiori de Guadagno y Salvador Alfredo Guadagno (acreedores, contestaron el traslado del recurso extraordinario).

¿A quién se demanda?

Alcira Julia Kruls y otros (deudores que consignaron judicialmente).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Consignación judicial de una suma adeudada, expresada en moneda extranjera (dólares) y convertida a pesos.

¿Qué se resolvió?

La Corte confirmó la sentencia apelada, que había confirmado el rechazo de primera instancia a la consignación. La Cámara había entendido aplicable el principio del esfuerzo compartido y que los deudores debieron depositar la suma convertida a razón de un dólar igual a un peso más el 50% de la brecha cambiaria. La Corte rechazó los agravios de la acreedora (demandada en el recurso) por remisión a la causa "Lama, Enrique Gustavo Tadeo c/ Giménez, Alejandro Rumildo y otra" (fallada el 6 de noviembre de 2007), señalando que aplicar esa solución implicaría una reformatio in pejus. Las costas se impusieron en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que habida cuenta que las cuestiones que se suscitan en el caso son sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa L.839.XLII 'Lama, Enrique Gustavo Tadeo c/ Giménez, Alejandro Rumildo y otra', fallada el 6 de noviembre de 2007, en forma adversa a las pretensiones de la demandada Cúnica apelante, corresponde rechazar los agravios formulados en el remedio federal y confirmar la sentencia apelada, pues de aplicarse la solución establecida en el referido precedente se incurriría en un supuesto de reformatio in pejus."

"Por ello, y habiendo dictaminado el señor Procurador General, se confirma el fallo apelado. Las costas de esta instancia se imponen en el orden causado atento a la forma en que se decide y a la naturaleza de las cuestiones propuestas."

Fallos que cita

  • Lama, Enrique Gustavo Tadeo c/ Giménez, Alejandro Rumildo y otraCSJN · 06/11/2007

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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