VEIC CATALINA MARIA c/ CORFIATI RUBEN OSVALDO s/EJECUCION HIOTECARIA
La Corte Suprema, por mayoría, admitió el recurso extraordinario del coejecutado Corfiati y modificó la sentencia de Cámara en la ejecución hipotecaria, al disponer que la deuda en dólares se convierta a pesos a un tipo de cambio fijado por aplicación del principio del esfuerzo compartido, con intereses del 7,5% anual. Lo resuelto replica la doctrina de la causa Longobardi (L.971.XL), a la que la sentencia remite por razones de brevedad.
Actores (acreedores hipotecarios): Catalina María Veic y otros.
Demandados (ejecutados): Rubén Osvaldo Corfiati y otra (Elvira Rosa Reguerin).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
ejecución hipotecaria de un crédito en moneda extranjera.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, se revocó el fallo apelado en cuanto declaraba la inaplicabilidad de las normas de emergencia económica y en cuanto al modo de liquidar el crédito. Se condenó a los demandados a pagar la suma resultante de convertir el capital a pesos a razón de un peso por dólar, más el 50% de la brecha con la cotización del mercado libre de cambio (tipo vendedor) al día del pago, con interés del 7,5% anual no capitalizable, entre moratorios y punitorios, desde la mora hasta el pago. Se descuentan los importes retirados por la actora, aplicando el art. 777 del Código Civil. Las costas de los incidentes y de esta instancia se impusieron en el orden causado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas en el presente juicio resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa L.971.XL, 'Longobardi, Irene Gwendoline y otros c/ Instituto de Educación Integral San Patricio S.R.L.' con fecha 18 de diciembre de 2007, votos concurrentes, cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad. Los jueces Lorenzetti y Fayt se remiten a sus disidencias en la citada causa." Los fundamentos de fondo se remiten a Longobardi; la mayoría aplicó el principio del esfuerzo compartido en uso de las facultades del art. 16, segundo párrafo, de la ley 48.
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Normas que cita
Fallos que cita
- Longobardi, Irene Gwendoline y otros c/ Instituto de Educación Integral San Patricio S.R.L.CSJN · 18/12/2007
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