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Corte Suprema

LANARDONNE CARLOS c/ INPS-CAJA NAC DE PREV DE LA INDUSTRIA,COM Y A CT CIVILES s/

Un jubilado promovió reajuste de su haber previsional por movilidad contra el INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles. La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedente el recurso ordinario de la ANSeS y revocó la sentencia, admitiendo la movilidad sólo por el período comprendido entre el 11 de abril de 1991 y la entrada en vigencia de la ley 24.241, según los precedentes Chocobar y Cordaro.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 590. XXVIII. REX
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes previsionales Ley 24.241 Topes maximos Tasa de intereses Recurso ordinario Anses Chocobar Cordaro Ley 25.344

¿Quién es el actor?

Carlos Lanardonne.

¿A quién se demanda?

INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles (la ANSeS interpuso el recurso ordinario).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes por movilidad de haber previsional.

¿Qué se resolvió?

se revocó la sentencia en cuanto fuera materia de agravios; la movilidad se admite sólo por el período indicado, conforme a "Chocobar" y "Cordaro". Se dispuso comunicar a la Procuración del Tesoro (art. 6° ley 25.344).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las cuestiones planteadas en las presentes actuaciones son sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en Fallos: 321:624, votos concurrentes de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano, López y Vázquez, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad."

"Respecto del sistema de topes máximos, cabe remitirse a lo resuelto por el Tribunal, mayoría y votos concurrentes, en las causas 'Del Azar Suaya, Abraham' (Fallos: 320:2039) y B.386.XXVII 'Beitía, Paulina Araceli c/ INPS...', fallada con fecha 31 de octubre de 1997."

"Los agravios referentes a la tasa de intereses resultan infundados, ya que no guardan relación con lo decidido por el a quo."

¿Cómo votaron los jueces?

se remiten a sus disidencias en "Cordaro", no transcriptas en el documento.

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera

Fallos que cita

  • Chocobar, Sixto CelestinoCSJN · Fallos 319:3241
  • CordaroCSJN
  • Del Azar Suaya, AbrahamCSJN · Fallos 320:2039
  • Beitía, Paulina Araceli c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 31/10/1997
  • Fallos 321:624CSJN

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