JurisprudenciaARG
Corte Suprema

TOSSI DE MAFFEI MARIA ESTER c/ LA PORTA CLAUDIO OSCAR s/EJECUCION HIPOTECARIA

Los actores promovieron ejecución hipotecaria contra el deudor, quien dedujo recurso extraordinario contra la sentencia que había declarado inaplicable el régimen de pesificación. La Corte Suprema, por mayoría, revocó ese fallo y condenó al ejecutado a pagar la deuda aplicando el principio del esfuerzo compartido, con una conversión a pesos de un peso por dólar más el 50% de la brecha cambiaria y una tasa de interés del 7,5% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 49. XLIII. REX
Pesificacion Ejecucion hipotecaria Principio del esfuerzo compartido Ley 26.167 Refinanciacion hipotecaria Emergencia economica Recurso extraordinario Coeficiente de estabilizacion de referencia Tasa de interes Costas.

¿Quién es el actor?

María Ester Tossi de Maffei y otros (acreedores hipotecarios).

¿A quién se demanda?

Claudio Oscar La Porta (ejecutado).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución hipotecaria.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, la Corte revocó la sentencia que había declarado inaplicable la normativa de pesificación y condenó al demandado a pagar aplicando el principio del esfuerzo compartido: conversión a pesos a razón de un peso por dólar, más el 50% de la brecha cambiaria, con más una tasa del 7,5% anual no capitalizable. El ejecutado no había invocado el régimen de refinanciación hipotecaria (ley 26.167), que por ello no resultó aplicable.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que habida cuenta de lo que surge de fs. 481/482 y del silencio del ejecutado respecto del traslado efectuado a fs. 497, no resulta de aplicación al caso el régimen de refinanciación hipotecaria y la ley 26.167, motivo por el cual las restantes cuestiones planteadas vinculadas con las normas sobre pesificación resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa L.971.XL 'Longobardi, Irene Gwendoline y otros c/ Instituto de Educación Integral San Patricio S.R.L.' con fecha 18 de diciembre de 2007, votos concurrentes, cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad." "El juez Lorenzetti se remite a su disidencia en la citada causa." (Esta última es la posición minoritaria, expresada por remisión.)

Normas que cita

  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional
  • Ley 26.167Emergencia publica
  • CPCCNart. 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Longobardi, Irene Gwendoline y otros c/ Instituto de Educación Integral San Patricio S.R.L.CSJN · 18/12/2007

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.