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Corte Suprema

PERALTA EMMA SINFORIANA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

Los recursos ordinarios de la ANSeS fueron declarados desiertos y los del Ministerio Público procedentes, por lo que la Corte revocó las sentencias apeladas en materia de reajustes por movilidad jubilatoria. El tribunal remitió a sus precedentes Arena, Schiariti e Iglesias para la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 23 de las leyes 24.463 y de Solidaridad Previsional.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 124. XXXVII. ROR
Reajustes por movilidad Haberes jubilatorios Anses Ley de solidaridad previsional Inconstitucionalidad Art. 21 ley 24.463 Arts. 22 y 23 ley 24.463 Recurso ordinario desierto Ministerio publico Costas por su orden

¿Quién es el actor?

Emma Sinforiana Peralta; Elida Barreto; Saverio Galoppo (causas acumuladas).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes por movilidad de haberes jubilatorios.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró desiertos los recursos ordinarios de la ANSeS, por no haber presentado el memorial exigido por el art. 280, segundo párrafo, del CPCCN. Declaró procedentes los recursos del Ministerio Público y revocó las sentencias apeladas con el alcance surgido de los precedentes citados. Costas por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"en razón de haberse notificado a la ANSeS de las providencias que ordenaban poner los autos en secretaría a los fines del artículo 280, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, no presentó el memorial exigido por dicha norma."

"los agravios del Ministerio Público, vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional, han sido resueltos por esta Corte en la causa A.20.XXXVI. 'Arena, Alfredo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 9 de agosto de 2001, a la que cabe remitir por razón de brevedad."

"respecto de la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, cabe remitir al precedente publicado en Fallos: 323:1861 ('Schiariti') y a la causa I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 17 de abril de 2001."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
  • Ley Solidaridad Previsionalart. 21
  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Arena, Alfredo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 09/08/2001
  • SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
  • Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001

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