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Corte Suprema

OLALLA MARIA CECILIA Y OTRA c/ PEN Y OTROS s/AMPARO

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios en amparos colectivos por la pesificación de depósitos bancarios y dejó sin efecto las sentencias apeladas. Reconoció a los actores el derecho a recuperar sus depósitos en dólares convertidos a $1,40 por dólar, ajustados por CER, con intereses del 4% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
O. 320. XL. REX
Pesificacion Depositos bancarios en dolares Ley 25.561 Decretos 1570/01 y 214/02 Amparo colectivo Recurso extraordinario Cer Intereses Derecho de propiedad Corte suprema.

¿Quién es el actor?

Cecilia María Olalla y otra, junto con más de un centenar de actores acumulados (depositantes del sistema bancario).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Poder Ejecutivo Nacional) y las entidades bancarias depositarias.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparos contra el régimen de pesificación de depósitos en dólares dispuesto por la Ley 25.561 y sus decretos reglamentarios 1570/01 y 214/02, reclamando la restitución de los depósitos en su moneda de origen.

¿Qué se resolvió?

Se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se dejaron sin efecto las sentencias apeladas. Se reconoció el derecho de los actores a obtener el reintegro de su depósito convertido a pesos a $1,40 por dólar, ajustado por CER, más intereses del 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta lo abonado por el banco en el pleito y en cumplimiento de medidas cautelares. Las costas de esta instancia se impusieron en el orden causado; las de las instancias anteriores se mantuvieron.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia remite expresamente a los fundamentos y conclusiones del precedente "Massa" (Fallos: 329:5913, sentencia del 27 de diciembre de 2006), por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas, en razón de brevedad. El juez Fayt se remite además a las consideraciones de su voto en "Piriz" (Fallos: 330:331). Se citan como antecedentes "Kujarchuk" (K.90.XLIII, 28/08/2007) para el modo de imputación de pagos a cuenta. El texto no transcribe argumentos propios adicionales; los fundamentos completos se encuentran en los precedentes citados.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • PirizCSJN · 06/03/2007 · Fallos 330:331
  • Kujarchuk, Pablo Felipe c/PENCSJN · 28/08/2007

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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