OUTON JORGE A c/ PEN s/INC. DE APELAC.
Los ahorristas por depósitos bancarios en dólares reclamaron la conversión de sus depósitos a pesos tras la pesificación dispuesta por el Decreto 214/02. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias apeladas y reconoció el derecho de los actores a recibir el reintegro de sus depósitos a $1,40 por dólar, con ajuste CER e intereses del 4% anual.
¿Quién es el actor?
Jorge A. Outon y demás amparistas listados en la causa (ahorristas titulares de depósitos bancarios en dólares estadounidenses).
¿A quién se demanda?
Poder Ejecutivo Nacional y, en su caso, la entidad bancaria depositaria.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reintegro de depósitos bancarios en moneda extranjera convertidos a pesos por la Ley 25.561 y los Decretos 1570/01 y 214/02, mediante amparos individuales.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias apeladas y, remitiendo a los fundamentos de la causa "Massa" (Fallos 329:5913) y, en el caso del juez Fayt, a "Piriz" (Fallos 330:331), reconoció el derecho de los actores a obtener el reintegro del depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses del 4% anual no capitalizable. Se descuentan los pagos a cuenta efectuados por la entidad en el pleito o por medidas cautelares, con el límite pecuniario de lo decidido por la cámara y con exclusión de los supuestos de canje por bonos o aplicación de los fondos a fines específicos. Las costas de esta instancia se distribuyen en el orden causado; las de las instancias anteriores se mantienen.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913), sentencia del 27 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad. El juez Fayt se remite asimismo a las consideraciones efectuadas en su voto emitido en la causa 'Piriz' (Fallos: 330:331), fallada el 6 de marzo de 2007." La Corte aplicó la doctrina sentada en los precedentes citados, sin reproducir fundamentos propios de la decisión de mérito.
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Normas que cita
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Decreto 1570
- Decreto 214
- Ley 16.986Amparo
- Ley 25.557Entidades financieras
Fallos que cita
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