JurisprudenciaARG
Corte Suprema

F.C. ARTOLA Y CIA. c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/IMPUGNA ACTO ADMINISTRATIVO

La Corte Suprema confirmó la sentencia que había hecho lugar a la medida de no innovar a favor de C. Artola y Cía. contra la DGI, remitiendo a la doctrina del precedente Aurquía Peretti. Los jueces Moliné O'Connor, Fayt y Boggiano votaron en disidencia por revocar la decisión.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 369. XXXVII. REX
Medida de no innovar Impugnacion de acto administrativo Dgi Compensacion de creditos Resolucion general 1080 Recurso extraordinario Aurquia peretti Fallos 322:2189 Competencia administrativa Disidencia

¿Quién es el actor?

C. Artola y Cía.

¿A quién se demanda?

Dirección General Impositiva (DGI)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de acto administrativo y solicitud de medida de no innovar.

¿Qué se resolvió?

La mayoría de la Corte declaró formalmente procedente el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada, con el alcance indicado. Se impusieron costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que resulta aplicable al sub examine la doctrina establecida en el precedente 'Aurquía Peretti' (Fallos: 322:2189), a cuyos fundamentos corresponde remitirse -en lo pertinente- por razones de brevedad, toda vez que los argumentos del apelante no resultan aptos para llevar al Tribunal a apartarse del criterio allí expresado."

"Ello sin perjuicio del derecho que pudiere asistirle a la actora de solicitar ante quien corresponda la compensación habilitada con carácter excepcional por la resolución general 1080 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (publicada en el Boletín Oficial del 31 de agosto de 2001), en los términos establecidos por sus arts. 27 y sgtes."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las consideradas en el precedente 'Aurquía Peretti' (Fallos: 322:2189), disidencia de los jueces Moliné O'Connor, Fayt y Boggiano, a la que corresponde remitirse por razones de brevedad." Esta posición propone revocar la sentencia apelada; no constituye la decisión del tribunal.

Normas que cita

  • Resolución 1080art. 27

Fallos que cita

  • Aurquía PerettiCSJN · 05/02/2002 · Fallos 322:2189

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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