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Corte Suprema

ADDIEGO HAYDEE TERESA Y OTRO c/ ANGERAMI RUBEN EDGARDO Y OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Corte Suprema, por mayoría, declaró admisible el recurso extraordinario de los ejecutados en una ejecución hipotecaria y revocó la sentencia apelada. Dispuso que el juez de primera instancia otorgue a los deudores un plazo no mayor de 30 días para optar por cancelar el crédito conforme a la ley 26.167.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 1512. XLIII. REX
Ejecucion hipotecaria Ley 26.167 Recurso extraordinario Regimen de regularizacion de deudas Opcion de cancelacion Plazo de 30 dias Costas en el orden causado Remision a precedente Corte suprema Cuestiones analogas

Actor (ejecutante): Haydée Teresa Addiego y otro.

Demandado (ejecutado): Rubén Edgardo Angerami y otro (Martha Esther Faraldo).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución hipotecaria de un crédito; los ejecutados invocaron la aplicación de la ley 26.167 (régimen de regularización de deudas hipotecarias en UVA/ex-pesificación).

¿Qué se resolvió?

se revocó la sentencia apelada y se ordenó al juez de primera instancia fijar un plazo no mayor de 30 días para que los deudores manifiesten si optan por cancelar el crédito en la forma prevista por la ley 26.167; en caso contrario, la ejecución continúa por las normas procesales. Costas en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte remite, por razón de brevedad, a los fundamentos de la causa B.1160.XLII "Baschi, Ferruccio y otro c/ Guntín, Carlos Alberto y otro" (fallada el 29 de abril de 2008), por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. El juez Petracchi se remite a su disidencia en dicha causa. Se declara inoficioso el dictamen del Procurador General. Transcripción textual: "Que las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa B.1160.XLII 'Baschi, Ferruccio y otro c/ Guntín, Carlos Alberto y otro', fallada el 29 de abril de 2008, cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Baschi, Ferruccio y otro c/ Guntín, Carlos Alberto y otroCSJN · 29/04/2008

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