ADDIEGO HAYDEE TERESA Y OTRO c/ ANGERAMI RUBEN EDGARDO Y OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA
La Corte Suprema, por mayoría, declaró admisible el recurso extraordinario de los ejecutados en una ejecución hipotecaria y revocó la sentencia apelada. Dispuso que el juez de primera instancia otorgue a los deudores un plazo no mayor de 30 días para optar por cancelar el crédito conforme a la ley 26.167.
Actor (ejecutante): Haydée Teresa Addiego y otro.
Demandado (ejecutado): Rubén Edgardo Angerami y otro (Martha Esther Faraldo).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
ejecución hipotecaria de un crédito; los ejecutados invocaron la aplicación de la ley 26.167 (régimen de regularización de deudas hipotecarias en UVA/ex-pesificación).
¿Qué se resolvió?
se revocó la sentencia apelada y se ordenó al juez de primera instancia fijar un plazo no mayor de 30 días para que los deudores manifiesten si optan por cancelar el crédito en la forma prevista por la ley 26.167; en caso contrario, la ejecución continúa por las normas procesales. Costas en el orden causado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte remite, por razón de brevedad, a los fundamentos de la causa B.1160.XLII "Baschi, Ferruccio y otro c/ Guntín, Carlos Alberto y otro" (fallada el 29 de abril de 2008), por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. El juez Petracchi se remite a su disidencia en dicha causa. Se declara inoficioso el dictamen del Procurador General. Transcripción textual: "Que las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa B.1160.XLII 'Baschi, Ferruccio y otro c/ Guntín, Carlos Alberto y otro', fallada el 29 de abril de 2008, cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad."
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Normas que cita
- Ley 26.167Emergencia publica
Fallos que cita
- Baschi, Ferruccio y otro c/ Guntín, Carlos Alberto y otroCSJN · 29/04/2008
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