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Corte Suprema

CYWINER LEON s/AVERIGUACION INFRACCION ART. 172 DEL CODIGO PENAL

La Procuración General dictaminó que, pese a la falta de investigación suficiente para calificar los hechos, corresponde que el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional n° 1 de San Martín entienda en la causa por haber prevenido en la incidencia. El dictamen se funda en que las imprecisas denuncias no identifican tiempo, modo y lugar de las supuestas maniobras de León Cywiner.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 2123. XXXVII. COM
Conflicto de competencia Incompetencia Juez federal Juez de garantias Estafa Articulo 172 codigo penal Facturas espureas Individualizacion del hecho Calificacion legal Prevencion

Actor/denunciante: la empresa APolet S.R.L., perjudicada por las supuestas maniobras de León Cywiner.

Demandado/imputado: León Cywiner.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

investigación por infracción al artículo 172 del Código Penal (estafa), relacionada con la utilización de "facturas espúreas".

¿Qué se resolvió?

el Procurador General opina que corresponde al Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional n° 1 de San Martín entender en la causa, sin perjuicio de lo que surja de la ulterior investigación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Tiene establecido el Tribunal que resultan elementos indispensables para el correcto planteamiento de una cuestión de esta naturaleza, que las declaraciones de incompetencia contengan la individualización de los hechos sobre los cuales versan y las calificaciones que le pueden ser atribuidas, pues sólo con relación a un delito concreto es que cabe pronunciarse acerca del lugar de su comisión y respecto del juez a quien compete investigarlo y juzgarlo."

"A mi entender, tales extremos no se verifican en el sub júdice en tanto que, de la escasa pesquisa practicada hasta el momento, no resulta posible calificar adecuadamente los hechos."

"No se ha determinado fehacientemente en qué consistieron las maniobras que se le imputan a León Cywiner y que habrían perjudicado a la empresa APolet S.R.L."

"Así, sólo surge de las imprecisas y genéricas declaraciones del denunciante que aquél habría utilizado 'facturas espúreas', mas no se indican las circunstancias de tiempo, modo y lugar del procedimiento que habría llevado a cabo."

Los informes de la AFIP "se refieren únicamente al hecho que le fue imputado al presidente de aquella sociedad ante la justicia federal de San Martín", y la Cámara Nacional en lo Penal Económico ya resolvió un conflicto de competencia negativa vinculado a esas actuaciones.

Normas que cita

  • Ley 1285art. 24 inc. 7
  • CPart. 172

Fallos que cita

  • Fallos 308:275CSJN
  • Fallos 315:312CSJN
  • Fallos 323:171CSJN
  • Fallos 291:272CSJN
  • Fallos 293:405CSJN
  • Fallos 306:1272CSJN
  • Fallos 311:528CSJN
  • Fallos 317:486CSJN
  • Fallos 323:3867CSJN

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