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Corte Suprema

KIENIGIEL EDUARDO DANIEL c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL s/AMPARO

Los ahorristas promovieron amparos contra el régimen de pesificación de depósitos bancarios dispuesto por la Ley 25.561 y los decretos 1570/01 y 214/02. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias apeladas y reconoció el derecho de los actores a obtener el reintegro de sus depósitos a la relación de $1,40 por dólar, ajustado por CER más intereses del 4% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
K. 378. XL. REX
Pesificacion Depositos bancarios en dolares Ley 25.561 Decretos 1570/01 y 214/02 Amparo Cer Reintegro de depositos Intereses 4% anual Recurso extraordinario Corralito

¿Quién es el actor?

Eduardo Daniel Kienigiel y demás amparistas agrupados en la causa (titulares de depósitos bancarios en dólares).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional y entidades bancarias intervinientes.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cuestionamiento constitucional de la pesificación de depósitos en dólares dispuesta por la Ley 25.561 y los decretos 1570/01 y 214/02, y reintegro de los depósitos en su valor original.

¿Qué se resolvió?

Se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se dejaron sin efecto las sentencias apeladas. Se reconoció el derecho de los actores a obtener el reintegro de su depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta lo abonado en el pleito o por medidas cautelares, con exclusiones por canje a bonos o aplicación a fines específicos. Costas de esta instancia en el orden causado; se mantienen las de las instancias anteriores.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El fallo remite en razón de brevedad a los fundamentos de la causa "Massa" (Fallos 329:5913), sentencia del 27/12/2006, y en lo pertinente al voto del juez Fayt en "Piriz" (Fallos 330:331). Como surge de la parte resolutiva, la Corte fijó la solución concreta para los depósitos: "se declara el derecho de los actores a obtener de la entidad bancaria el reintegro de su depósito convertido en pesos a la relación de $ 1,40 por cada dólar estadounidense, ajustado por el CER hasta el momento de su pago, más la aplicación sobre el monto así obtenido de intereses a la tasa del 4% anual no capitalizable". El reconocimiento se da "con el límite pecuniario que resulta de lo decidido por la cámara, y con exclusión de los supuestos en que la obligación emergente de los contratos de depósito se hubiera extinguido a raíz de su canje por bonos del Estado o por haberse aplicado su importe a fines específicos previstos normativamente". Se trata de una decisión adoptada por unanimidad de los cuatro ministros firmantes.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • PirizCSJN · 06/03/2007 · Fallos 330:331
  • Kujarchuk, Pablo Felipe c/ PEN Ley 25.561 dtos. 1570/01 214/02 s/ amparo ley 16.986CSJN · 28/08/2007

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