BENVENUTO RODOLFO RAMON c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por la ANSeS en una causa previsional y declaró mal denegado el recurso ordinario de apelación. Lo resolvió remitiéndose, por razones de brevedad, a los fundamentos del precedente Seipel (S.1021.XXXVI), por tratarse de una cuestión sustancialmente análoga.
¿Quién es el actor?
Rodolfo Ramón Benvenuto.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
No surge del texto de la sentencia.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la queja, se declara mal denegado el recurso ordinario de apelación, y se ordena agregar la queja al principal y poner los autos en secretaría a los efectos del art. 280, párrafos segundo y tercero, del CPCCN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que la cuestión planteada en autos es sustancialmente análoga a la resuelta por esta Corte en la causa S.1021.XXXVI. 'Seipel, Osvaldo Miguel c/ ANSeS', fallada con fecha 20 de marzo de 2001, a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."
El tribunal no desarrolla fundamentos propios: su decisión se sustenta en la remisión al precedente Seipel. No hay votos en disidencia.
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Normas que cita
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Seipel, Osvaldo Miguel c/ ANSeSCSJN · 20/03/2001
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