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Corte Suprema

MAXSUD CAMILO ERNESTO Y OTROS c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/S/REAJUSTES VARIOS

Un grupo de jubilados promovió demanda contra la ANSeS por reajustes varios de sus haberes previsionales, reclamando la aplicación de la movilidad. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios, revocó la sentencia apelada y dispuso que la movilidad se practique conforme al índice fijado en el precedente Badaro, con la salvedad de los incrementos decretados por el Poder Ejecutivo si resultaran más favorables.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 1243. XXXVIII. ROR
Movilidad previsional Reajuste de haberes Anses Precedente badaro Precedente sanchez Ley 26.153 Ley 24.463 Intereses sobre haberes Incrementos por decretos Cumplimiento de sentencia

¿Quién es el actor?

Camilo Ernesto Maxsud y otros.

¿A quién se demanda?

ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes varios de haberes previsionales; reajuste de haberes desde abril de 1995 hasta fines de 2006.

¿Qué se resolvió?

Se declararon procedentes los recursos ordinarios de ambas partes, se revocó la sentencia apelada con el alcance del precedente "Sánchez" y se dispuso que la movilidad del período indicado se practique según el índice fijado en "Badaro", descontándose los incrementos decretados por el Poder Ejecutivo cuando la prestación resultante fuera superior. El cumplimiento debe efectuarse en el plazo del art. 2° de la ley 26.153.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las objeciones del titular vinculadas con la necesidad de revisar el criterio adoptado en el fallo 'Chocobar', suscitan el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por esta Corte en la causa 'Sánchez' (Fallos: 328:1602 y 2833), por lo que deberá estarse a lo allí resuelto."

"Los agravios del demandante atinentes al reajuste de haberes solicitado a partir del mes de abril de 1995 hasta fines del año 2006, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal en la causa B.675.XLI 'Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes varios', sentencias de fechas 8 de agosto de 2006 y 26 de noviembre de 2007, a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones en el período indicado."

"Deviene abstracto el tratamiento de las impugnaciones de la demandada relacionadas con el art. 23 de la ley 24.463, pues dicha norma ha sido derogada por la ley 26.153. En virtud de la entrada en vigencia del último cuerpo legal citado, el cumplimiento de esta sentencia deberá efectuarse en el plazo allí previsto (conf. art. 2°)."

Normas que cita

Fallos que cita

  • ChocobarCSJN
  • SánchezCSJN · Fallos 328:1602
  • Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 08/08/2006
  • Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 26/11/2007

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