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Corte Suprema

CARRASCO JOSE MIGUEL c/ LUZ ART s/ACCIDENTE

El actor demandó a Luz A.R.T. por indemnización de un accidente de trabajo, con reclamos de daño moral, psicológico, estético y la inconstitucionalidad de artículos de la ley 24.557 y del decreto 717/96. La Procuración General dictaminó que la competencia corresponde al fuero del trabajo y propuso restituir la causa al Juzgado Nacional del Trabajo n° 65.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 162. XLIV. COM
Accidente de trabajo Ley 24.557 Competencia Conflicto de competencia Luz a.r.t. Fuero del trabajo Ley 18.345 Incapacidad laboral Fallos 327:3610 Castillo

¿Quién es el actor?

José Carrasco.

¿A quién se demanda?

Luz A.R.T.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por accidente de trabajo, daño moral, psicológico y estético, pérdida de chance e inconstitucionalidad de diversos artículos de la ley 24.557 y del decreto 717/96. El actor afirma padecer una minusvalía del 40% de la t.o.

¿Qué se resolvió?

la Procuración General dictaminó que corresponde restituir la causa al Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo n° 65, para que prosiga su trámite.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"A fin de determinar la competencia, se debe atender al relato de los hechos efectuado en la demanda (v. Fallos:323:3284; 324:2592; entre otros)."

"En el caso, el actor solicitó la indemnización de la incapacidad laboral derivada de un infortunio (v. fs. 8)."

"En efecto, el reclamo objeto de la demanda se fundamenta en la ley 24.557 a la que V.E. en el precedente de Fallos 327:3610 ('Castillo') le atribuyó carácter común; por lo cual, en el marco del artículo 20 de la ley n° 18.345, procede restituir la causa al Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo n° 65, a donde deberá proseguir su trámite."

Antecedentes: el juez del trabajo se declaró incompetente con base en los arts. 20 y 21 de la ley 18.345; la Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala I, se inhibió citando el precedente "Castillo".

Normas que cita

  • Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
  • Ley 18.345arts. 20, 21 · Organizacion y procedimiento
  • Decreto 717
  • Decreto-ley 1285art. 24

Fallos que cita

  • CastilloCSJN · Fallos 327:3610
  • Fallos 323:3284CSJN
  • Fallos 324:2592CSJN

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