BALDO MARIA JULIA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios interpuestos por la actora en el reajuste de haberes previsionales por movilidad y revocó las sentencias apeladas. La decisión se fundó en lo resuelto en el precedente Arena, Alfredo, en cuanto a la inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional.
¿Quién es el actor?
María Julia Baldo y otros (con acumulación de causas: Gats, Isola, Ríos, Rodríguez, Robledo y Serangeli).
¿A quién se demanda?
ANSES.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de haberes previsionales por movilidad, cuestionando la aplicación del art. 21 de la ley 24.463 (Ley de Solidaridad Previsional).
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios deducidos y revocó las sentencias apeladas, con el alcance fijado en el precedente "Arena". Las costas se impusieron por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional han sido resueltos por esta Corte en la causa A.20.XXXVI. 'Arena, Alfredo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 9 de agosto de 2001, a la que cabe remitirse por razón de brevedad."
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Normas que cita
- Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- Arena, Alfredo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 09/08/2001
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