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Corte Suprema

CORTESE DONATO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra la ANSeS para obtener el reajuste de su haber previsional. La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedente el recurso de la ANSeS, ordenó el cumplimiento de la sentencia en el plazo previsto por la ley 26.153 y confirmó la tasa de interés fijada por el precedente Spitale.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 821. XXXIX. ROR
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes previsionales Tasa pasiva de interes Precedente spitale Ley 26.153 Ley 24.463 Anses Recurso ordinario de apelacion Desistimiento Fundamentacion recursiva.

¿Quién es el actor?

Donato Cortese.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional, con movilidad según las pautas fijadas por la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal tuvo por desistido al actor de su recurso ordinario, declaró procedente el recurso de la ANSeS, ordenó el cumplimiento de la sentencia en el plazo del art. 2 de la ley 26.153 y confirmó la sentencia apelada en lo relativo a la tasa de interés, en concordancia con el precedente "Spitale" (Fallos: 327:3721).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las objeciones de la demandada dirigidas a objetar la tasa pasiva de interés, encuentran adecuada respuesta en el precedente 'Spitale' (Fallos: 327:3721), cuyas conclusiones se dan por reproducidas."

"Deviene abstracto el tratamiento de las impugnaciones relacionadas con los artículos 16, 17 y 23 de la ley 24.463, pues dichas normas han sido derogadas por la ley 26.153. En virtud de la entrada en vigencia del último cuerpo legal citado, el cumplimiento de esta sentencia deberá efectuarse en el plazo allí previsto (conf. art. 2°)."

"Los agravios que se refieren al art. 82 de la ley 18.037, deben ser desestimados pues no guardan relación con lo resuelto, solución que resulta aplicable a los restantes cuestionamientos de la ANSeS que, por no referirse a aspectos específicos del fallo impugnado, carecen del requisito de fundamentación."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 16, 17, 19, 23 · Solidaridad previsional
  • Ley 26.153art. 2 · Solidaridad previsional
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721

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