PERATA DELIA VELIA c/ SOCIEDAD ITALIANA DE BENEFICENCIA EN BUENOS AIRES - HOSPITAL ITALIANO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Corte Suprema desestimó la queja deducida por la actora contra la denegación de un recurso extraordinario, por considerarlo inadmisible. También rechazó el planteo de inconstitucionalidad del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, por remitir a cuestiones ya resueltas en Fallos 322:3217.
¿Quién es el actor?
Delia Velia Perata.
¿A quién se demanda?
Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires - Hospital Italiano.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
no surge del texto de la sentencia, que sólo analiza la queja por denegación del recurso extraordinario.
¿Qué se resolvió?
se rechazó la queja y se desestimó el planteo de inconstitucionalidad del art. 280 del CPCCN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
"Que los agravios vinculados con el planteo de inconstitucionalidad del citado art. 280, remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por este Tribunal en Fallos: 322:3217, a cuyos fundamentos cabe remitirse por razón de brevedad."
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Normas que cita
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Fallos 322:3217CSJN
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